¿Conoces tus derechos como consumidor en periodo de rebajas?
En las rebajas del año pasado tuve una mala experiencia, no me quisieron hacer unos cambios de ropa, me querían dar vales. Habían mezclado la ropa con al de nueva temporada y claro, esa no estaba de rebajas. Por este año, me gustaría saber cuáles son mis derechos como consumidora y qué puedo reclamar si me vuelve a ocurrir.
María S.V. (Cádiz)
En época de rebajas muchos aprovechan para comprar en ese momento lo que no pudieron comprar durante la temporada y se produce un gran aumento de la actividad comercial, siendo un momento muy productivo para las tiendas.
El establecimiento puede anunciar que está de rebajas, aunque los descuentos sean pequeños, pero sí es obligatorio que conste claramente el precio antiguo junto con el rebajado.
Por otro lado, el comercio que quiera anunciar rebajas deberá indicarlo de forma clara, situando el cartel en un lugar visible incluso desde el exterior que indique la fecha de inicio y la del fin del periodo de rebajas.
Para poder anunciar rebajas, al menos la mitad de los artículos deben estar rebajados que estarán claramente separados del resto. Los productos rebajados deberán haber formado parte de la oferta anterior del establecimiento.
Como consumidores es importante saber que, aunque encontremos buenas oportunidades con descuentos muy apetecibles, esto no significa que para acceder a ellas tengamos que aceptar cualquier cosa que nos quieran imponer. En rebajas seguimos teniendo derechos como consumidores.
A modo de ejemplo, estas son algunas de las prácticas que podemos encontrarnos:
Restringir la política de devoluciones
La política de devoluciones del establecimiento debe ser la misma que tenga vigente para el resto del año.
En este sentido debemos aclarar que en establecimiento físico no existe la obligación de devolver el dinero cuando el artículo está en perfecto estado. Sin embargo, si será una obligación para él cuando para mejorar sus ventas hayan asumido con carácter general esta obligación en su publicidad o ticket de compra. También en tiempo de rebajas, por supuesto.
También puede ocurrir que la política del establecimiento consista en entregar un vale, permitir los cambios o devoluciones solo por un plazo concreto o que excluya determinados artículos. Sólo si lo hacen el resto del año, pueden hacerlo en rebajas.
Poner como rebajados artículos con taras o defectuosos
No podrá rotularse como rebajas la venta de saldos, las promociones, liquidaciones, venta de productos deteriorados o los que el comerciante ha adquirido expresamente con el fin de ser vendidos a precio inferior al ordinario.
Cuestión distinta es que, aunque el producto que hayamos adquirido cumpla, en principio, con estos requisitos, resulte finalmente ser defectuoso, en cuyo caso estará amparado por la garantía.
Vender artículos rebajados de temporadas anteriores
No es obligatorio que los artículos rebajados correspondan a la misma temporada, pueden ser de temporadas anteriores. El único requisito es que se hayan puesto a la venta a precio normal en algún momento
No aceptar determinados medios de pago
Los establecimientos que aceptan el pago con tarjeta fuera de rebajas deberán hacerlo también en rebajas.
Si entendemos que no se están respetando nuestros derechos la forma más sencilla de reclamar es solicitar la hoja de reclamaciones, que por supuesto deberán poner a nuestra disposición también en rebajas.
En cualquier caso, si le ha quedado alguna duda sobre la cuestión que nos comenta, por ser lector de OK Diario, Legálitas le ofrece la posibilidad de hacer una consulta gratuita y que uno de nuestros abogados se ponga en contacto con usted. Pulse en este enlace y déjenos sus datos para que podamos llamarle.
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