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Aviso a los mutualistas nacidos entre 1967 y 1978: así pueden reclamar la devolución del IRPF

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Blanca Espada

La campaña de la Renta de este año que arranca el próximo 2 de abril, llega con una novedad muy esperada por muchos contribuyentes que comenzaron su vida laboral hace más de cuatro décadas. En concreto, quienes cotizaron a una mutualidad laboral antes de la instauración del actual sistema fiscal podrían tener derecho a recuperar una parte del IRPF pagado de más en los últimos ejercicios. Aunque se trata de cantidades tributadas hace años, la Agencia Tributaria ha explicado como regularizar esta situación este año (y en venideros) y compensar a los mutualistas afectados.

Este derecho afecta principalmente a los mutualistas nacidos entre 1967 y 1978 que ya están jubilados o próximos a jubilarse. Muchos de ellos realizaron aportaciones a mutualidades cuando aún no existía el IRPF tal y como lo conocemos, y eso provocó que sus cotizaciones no fueran deducibles entonces… pero que sí tributen ahora como parte de su pensión. Esto genera un desequilibrio que ahora se quiere corregir, aunque para lograrlo es necesario cumplir unos requisitos y seguir un procedimiento concreto. De este modo, la Agencia Tributaria ha establecido una nueva forma de reclamar estas devoluciones, diferente a la que se había usado hasta ahora. Desde este año, ya no se podrá hacer una solicitud conjunta por varios ejercicios, sino que habrá que presentar una petición específica cada año, según un calendario fijado por Hacienda. Y además, quienes ya habían iniciado el trámite antes de que se produjera este cambio, deberán volver a presentar su solicitud si quieren que sea tramitada correctamente.

Aviso a los mutualistas nacidos entre 1967 y 1978

Para entender por qué ahora es posible reclamar parte del IRPF, hay que retroceder hasta 1979. Ese año se reformó por completo el sistema fiscal en España y se creó el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), estableciendo nuevas reglas para las cotizaciones sociales y las mutualidades. A partir de ese momento, las aportaciones realizadas a la Seguridad Social o a una mutua laboral comenzaron a ser deducibles en la declaración de la Renta, y las pensiones generadas por esas aportaciones pasaron a tributar como rendimientos del trabajo.

El problema es que, antes de ese año, las cotizaciones no tributaban, pero tampoco podían deducirse en la base imponible. Eso generó una laguna que ha perjudicado durante años a quienes cotizaron entre 1967 y 1978. Hoy, con la perspectiva del tiempo, se reconoce que estos mutualistas no pudieron beneficiarse del sistema de deducción como sí han hecho generaciones posteriores, pero que, en cambio, sí están pagando impuestos por su pensión como si lo hubieran hecho.

Quién puede reclamar

El grupo afectado por esta situación son los mutualistas que realizaron aportaciones a una mutua laboral en el periodo comprendido entre 1967 y 1978 y que actualmente ya están jubilados o perciben algún tipo de prestación derivada de aquellas cotizaciones. Para ellos, la Agencia Tributaria ha abierto un proceso que les permite solicitar la devolución del IRPF correspondiente a los ejercicios no prescritos.

Es fundamental que los solicitantes estén ya jubilados o cobrando su pensión, ya que la devolución se basa en el hecho de que esa pensión está tributando ahora como si todas sus cotizaciones hubieran sido deducibles en su momento, cuando en realidad no lo fueron. Esa diferencia da derecho a recuperar una parte del IRPF pagado en los últimos años.

Cómo solicitar la devolución del IRPF por cotizaciones a mutualidades

La clave está en la campaña de la Renta 2024/2025, que comenzará oficialmente el próximo 2 de abril. A partir de esa fecha, la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los mutualistas afectados un formulario específico en su sede electrónica para reclamar la devolución correspondiente. Este formulario se deberá completar de forma telemática, incluyendo toda la documentación justificativa de las cotizaciones realizadas entre 1967 y 1978.

Es importante tener en cuenta que este proceso ya no permite hacer una reclamación conjunta por varios años. Desde diciembre del año pasado, el modelo ha cambiado y ahora sólo se puede solicitar la devolución de un ejercicio concreto por cada campaña de la Renta. Por tanto, este año sólo se podrá pedir la devolución del IRPF del ejercicio 2019 y de los anteriores que no estén prescritos.

Cambios importantes en el procedimiento desde diciembre

Hasta la campaña de 2023, los mutualistas podían presentar una única solicitud que abarcara varios ejercicios no prescritos, generalmente los últimos cuatro. Esto facilitaba el proceso y permitía recibir la devolución de una sola vez. Sin embargo, en diciembre de 2024, Hacienda cambió el sistema y eliminó esta opción.

Desde ahora, el nuevo modelo obliga a realizar una solicitud diferente por cada ejercicio fiscal. Es decir, en esta campaña de la Renta 2024/2025 solo se podrá solicitar la devolución del IRPF del ejercicio 2019. En 2026 se abrirá el plazo para reclamar lo correspondiente a 2020, en 2027 el de 2021, y así sucesivamente.

Además, todas las solicitudes presentadas con el modelo anterior y que aún no habían sido resueltas han quedado sin efecto. Esto significa que muchos mutualistas tendrán que repetir el trámite, incluso si ya lo habían hecho, para adaptarse al nuevo sistema y no quedarse fuera del proceso.

Calendario de devoluciones

La devolución del IRPF a mutualistas jubilados seguirá un calendario escalonado marcado por Hacienda. En la campaña de la Renta de este año (2025), se podrá solicitar la devolución correspondiente al ejercicio de 2019 y a los anteriores no prescritos. El año que viene, en la campaña de 2026, se abrirá el formulario para solicitar la devolución correspondiente al IRPF de 2020.

En 2027 llegará el turno del ejercicio 2021 y, finalmente, en 2028 se podrá reclamar lo tributado de más en 2022. Así, cada campaña de la Renta permitirá reclamar solo un ejercicio fiscal, por lo que es clave estar atentos a los plazos y no dejar pasar la oportunidad.

Este nuevo sistema busca evitar acumulaciones y facilitar el control administrativo por parte de la Agencia Tributaria, pero también exige a los ciudadanos más constancia y seguimiento para no dejar escapar ninguno de los ejercicios posibles.

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