El aviso más importante de un experto sobre las pensiones: lo que va a pasar a partir de enero
Los cambios aportarán mayor flexibilidad en los planes de pensiones
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Gonzalo Bernardos, profesor de economía en la Universidad de Barcelona, ha compartido recientemente su perspectiva sobre los planes de pensiones, una herramienta clave para garantizar la estabilidad económica en la jubilación. Según datos actuales, en España más de ocho millones de personas están afiliadas a estos productos financieros, que a mitad de año movían un total de 89.108 millones de euros. En una publicación en la red social X (anteriormente Twitter), Bernardos explicó que a partir de enero de 2025 será posible rescatar tanto las aportaciones como los rendimientos de los planes de pensiones que tengan más de diez años de antigüedad.
Esta medida, según el economista, provocará una importante salida de capital que podría dirigirse principalmente al sector inmobiliario, ya que muchas personas aprovecharán estos fondos para ayudar a sus hijos a adquirir una vivienda. Este cambio en la normativa sobre los planes de pensiones podría tener un impacto significativo en la economía, especialmente en el mercado inmobiliario, al canalizar grandes sumas de dinero hacia este sector.
Cambios en los planes de pensiones a partir de 2025
A partir de enero de 2025, los planes de pensiones en España experimentarán una serie cambios importantes que facilitarán su liquidez, como resultado de la normativa aprobada hace más de seis años bajo el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en Materia de Liquidez y Reducción de Comisiones. Esta reforma permitirá a los titulares de planes de pensiones rescatar las aportaciones y rendimientos asociados cuando estos tengan al menos 10 años de antigüedad, algo que hasta ahora sólo era posible en casos excepcionales.
Con esta modificación, será posible retirar el dinero ahorrado sin necesidad de cumplir con situaciones extraordinarias como desempleo prolongado, enfermedad grave o desahucio. Por ejemplo, en 2025 se podrán recuperar las aportaciones realizadas hasta 2015 y los rendimientos generados por ellas. En años posteriores, este proceso continuará con las aportaciones y rendimientos de los años siguientes, creando una ventana de liquidez anual para los fondos de pensiones más antiguos.
En cuanto a las comisiones, la nueva normativa establece una reducción en las tasas máximas que las entidades financieras pueden cobrar. Las comisiones para los fondos de renta fija se reducirán al 0,85%, mientras que para los planes mixtos descenderán al 1,30%. En cuanto a los fondos de renta variable, la comisión máxima se mantendrá en el 1,50%. Esta reducción de comisiones podría suponer un aumento en la rentabilidad para los partícipes, sobre todo para aquellos con planes de renta fija.
A pesar de los cambios en la liquidez y las comisiones, la fiscalidad no se verá afectada. Los rescates de los planes de pensiones seguirán tributando como rendimientos del trabajo en el IRPF, lo que significa que el importe retirado se integrará en la Base Imponible General. Cabe destacar que las aportaciones realizadas entre 2007 y 2014 no cuentan con beneficios fiscales adicionales, mientras que las aportaciones anteriores a 2007 sí podrán beneficiarse de una reducción fiscal del 40%, siempre y cuando se rescaten en forma de capital en el mismo año o en los dos años siguientes a la contingencia.
Este cambio introduce mayor flexibilidad en los planes de pensiones, permitiendo a los titulares acceder a su dinero sin tener que esperar a la jubilación o enfrentar situaciones excepcionales. No obstante, sigue siendo importante analizar el momento adecuado para realizar el rescate, ya que esto afectará el impacto fiscal. Las aportaciones a planes de pensiones continuarán estando exentas de impuestos, y los titulares seguirán teniendo la posibilidad de deducirlas en la declaración de la Renta del año siguiente.
Rescate
Al rescatar un plan de pensiones, las cantidades percibidas incrementan la base imponible del IRPF, al considerarse rendimientos del trabajo. Por eso, es clave elegir la modalidad de rescate más adecuada para reducir el impacto fiscal.
Una opción es el rescate en forma de capital, que permite recuperar el 100% del dinero ahorrado, más su rentabilidad. Esto implica tributar por toda la cantidad en un solo ejercicio, lo que puede elevar el tipo marginal si se suman otras rentas, como la pensión pública. Por ejemplo, si la pensión es de 22.000 € y se rescatan 120.000 €, el tipo marginal podría llegar al 47%, ya que se tributa por la suma total.
Otra modalidad es el rescate en forma de renta, que distribuye el dinero en pagos periódicos, como mensual, trimestral o anual. Esta opción suele ser más eficiente fiscalmente, ya que el impacto se reparte a lo largo de los años. En este caso, la cuantía recibida puede ser fija (renta asegurada) o variable (renta financiera). Por ejemplo, si se rescatan 120.000 € a lo largo de 25 años, se percibirían 4.800 € anuales, que, sumados a una pensión de 22.000 €, tributarían en un tramo de IRPF del 28%.
Por último, el rescate mixto combina ambas opciones: se recupera parte del capital y luego una renta periódica. Es crucial planificar este tipo de rescate para evitar subir a un tramo superior en el IRPF.