Hipotecas

¿Puedo reclamar los gastos de mi hipoteca? Ocho millones de personas podrían beneficiarse

La Sentencia del Supremo supone un duro revés para la banca

Viviendas
Hipotecas
Natalia Mateos
  • Natalia Mateos
  • Periodista y redactora de economía en OKDIARIO. Tras tres años escribiendo sobre turismo y sus empresas, ahora estoy descubriendo el mundo de la distribución y el retail. Antes en el Palacio de la Bolsa y Cadena Cope. De Zamora y del Zamora.

El Tribunal Supremo ha determinado que las entidades bancarias deberán hacer frente a los gastos hipotecarios. Se calcula que ocho millones de personas se van a beneficiar del cambio de criterio del Supremo de acuerdo con la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae)

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (notaría, gestoría y registro) puede llegar a alcanzar hasta un 10% del valor de la hipoteca y dos tercios de los costes totales de constitución. Se estima que los hipotecados afectados podrían reclamar una media de alrededor de 3.000 euros.

«Si la banca se tiene que hacer cargo a partir de ahora del gasto del impuesto, se va a pensar mucho el dar operaciones hipotecarias», afirma a OKDIAIRO Ricardo Gulias, CEO de web RN tusolucionhipotecaria y experto de iAhorro. Gulias advierte de que este cambio de criterio afectará en el futuro al precio final «la rentabilidad del producto estará en negativo los primeros años, a no ser que busque algún tipo de compensación o acuerdo con los clientes futuros y eso va repercutir directamente en el precio y en la concesión de préstamos».

Por ende, son muchas las dudas que surgen a los tenedores de una hipoteca en España. Estas son algunas claves importantes para entender si se puede reclamar alguna cuantía por hipotecas ya concedidas.

¿Qué pasos hay que seguir para reclamar?

La forma de reclamar será muy parecida a la de las cláusulas suelo. La persona hipotecada primero tendrá que poner una reclamación frente el servicio de atención al cliente de su entidad bancaria. El coste de resolverlo por esta vía será nulo para el hipotecado, según explican a este periódico desde iAhorro.

Si no se obtuviese una respuesta por porte del banco o esta fuese negativa el cliente deberá recurrir a la via legal poniendo una denuncia en el juzgado de cláusulas abusivas de la provincia en la que resida. En ese caso, el cliente deberá buscar un abogado que lo represente y asumir los posibles costes relacionados con la denuncia.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Este es uno de los puntos más polémicos de la sentencia, puesto que no se pronuncia sobre la retroactividad. Desde la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) se defiende la nulidad de la cláusula y argumenta que por motivos de transparencia la acción no prescribe por lo que no hay límite temporal para la reclamación.

Sin embargo, desde el sector financiero se rechaza este argumento, puesto que la sentencia se refiere a un reglamento que ellos venían aplicando en las hipotecas y por tanto, no han cometido ningún abuso.

Al tratarse de un tema fiscal no pueden reclamarse más allá de los cuatro años porque las liquidaciones con Hacienda no pueden cambiarse pasado ese plazo. Este es el argumento que defiende el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) que indica que aquellos ciudadanos que hayan formalizado un préstamo hipotecario en los últimos cuatro años,  en los ejercicios no prescritos fiscalmente, pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más intereses de demora.

Por lo tanto, es pronto para determinar con precisión si habrá un plazo o si sólo afectará a hipotecas futuras.

¿Qué documentos se necesitan?

Será necesaria una copia de la escritura del préstamo hipotecario además de las facturas de notaría, gestora y registro, tal y como indican los expertos de iAhorro. En caso de no disponer de alguno de estos documentos se puede acudir a la gestora o notaría donde fueron firmados los documentos para obtener una copia.

Lo último en Economía

Últimas noticias