El Supremo confirma 17 años de prisión para Salva por el ‘crimen de Patraix’

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Fachada del Tribunal Supremo.
Ignacio Martínez

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 17 años de prisión impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) para Salvador R. ‘Salva’ el hombre que, de común acuerdo con la esposa de la víctima Maje ‘la viuda negra de Patraix’, asesinó a de 6 puñaladas a Antonio, de 35 años y, en aquellos momentos, marido de Maje. El cuerpo de Antonio fue hallado boca abajo en un garaje del barrio de Patraix, en Valencia, el 16 de agosto de 2017. Es el conocido como ‘crimen de Patraix’.

El ‘crimen de Patraix’ conmocionó a España entera. Maje fue condenada a 22 años de prisión. Salva, a 17 por colaborar con la justicia. Hoy, la condena a 17 años de prisión ha sido confirmada tras la sentencia del Tribunal Supremo. Desestima así, el Alto Tribunal íntegramente el recurso del acusado y ejecutor material del asesinato. Este hombre reclamaba el atenuante de colaboración con la justicia y confesión tardía. Y reclamaba también otro atenuantes. En este caso, por reparación de daño. En función de ello, consideraba que la pena por asesinato con alevosía debía serle rebajada.

Respecto al atenuante de confesión y colaboración, que el acusado pretendía que pasara de ser simple a muy cualificada, el Alto Tribunal entiende que la confesión se produjo de forma muy tardía y cuando las pesquisas policiales ya se dirigían contra el recurrente y la coacusada y se encontraban muy avanzadas.

Por lo que hace referencia a la reparación de daño, la sentencia establece que no puede aplicarse porque ha sido inexistente a pesar de que con anterioridad a la celebración del juicio el recurrente remitió una carta a una entidad bancaria en la que tiene un plan de pensiones a fin de rescatarlo y ponerlo a disposición de la familia del fallecido. Y la indemnización concedida a los padres y hermanos de la víctima ascendía a 250.000 euros, que en nada ha reparado con su gestión el acusado, sostiene el Tribunal. Finalmente, el Supremo no comparte que la pena impuesta por la Audiencia de Valencia y el TSJCV sea arbitraria, sino razonada, al tratarse «de una muerte programada, fríamente ejecutada, tratada de ocultar en cuanto a su autoría, hasta que la investigación policial adquiere fases muy relevantes del esclarecimiento» y la que se ha tenido en cuenta la atenuante de confesión tardía y colaboración.

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