'CASO OLTRA'

La defensa de la menor abusada pide para Mónica Oltra penas que suman 3,5 años de prisión

La defensa de la menor acusa a Oltra de los presuntos delitos prevaricación, malversación y contra la integridad moral

caso Oltra
Mónica Oltra junto a su ex jefe de Gabinete en una imagen de archivo.
Ignacio Martínez

La defensa de la joven que siendo menor fue abusada por el entonces marido de Mónica Oltra solicita al juez en su escrito de alegaciones del denominado caso Oltra para la apertura de juicio oral 12 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un presunto delito de prevaricación; un año y medio de prisión y multa de 10 meses con cuota diaria de 30 euros e inhabilitación por tres años por un supuesto delito de malversación. Y otros dos años de prisión, así como la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la demandante y cinco años de prohibición de comunicarse con ella por un supuesto delito contra la integridad moral.

Este último, como publicó OKDIARIO, fue incluido por la defensa de la menor en el escrito de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia. Ese escrito respondía al archivo provisional de las diligencias decretado por el juez de instrucción. Porque, a juicio de la defensa de la joven, según manifestó entonces: «La menor sufrió una revictimización de tal magnitud que bien puede considerarse un trato degradante y humillante».

Por otra parte, la defensa de la joven solicita el sobreseimiento provisional para seis de los 16 investigados. Entre ellos, el ex jefe de gabinete de Mónica Oltra, Miquel Real, y para quien fuera el subsecretario de la Consejería que ella dirigía Francesc Gamero.

El juzgado de instrucción 13 de Valencia es el que sigue el procedimiento para esclarecer si cargos y/o personal de la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirigía Mónica Oltra, también vicepresidenta primera del Gobierno valenciano del socialista Ximo Puig, supuestamente ocultaron las denuncias de los abusos del entonces marido de la propia Oltra a una menor tulelada en un centro tutelado, a su vez, por la Generalitat Valenciana.

El momento actual del procedimiento es el de presentación de alegaciones para solicitar la apertura o no de juicio oral. Y ese escrito, es el que ha presentado este lunes la defensa de la denunciante.

Lo más destacado del mismo, además de la argumentación que en cada caso mantiene la defensa de la joven, es que solicita distintas penas para 10 de los 16 imputados por cuatro supuestos delitos: abandono de menores, prevaricación, malversación y contra la integridad moral.

Del primero de los cuatro exime de la acusación a Mónica Oltra. Pero sí la incluye en los otros tres. Uno de ellos, la presunta malversación, que no estaba recogida en la imputación inicial del titular de instrucción. Recordemos que el juez inicialmente imputaba a Mónica Oltra por los supuestos delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delito.

El 2 de abril de este 2024, el magistrado decidió el archivo provisional de la causa para todos los imputados. Ese archivo motivó que tanto la defensa de la menor como las acusaciones populares: Vox y Gobierna-T, decidieran recurrir ese archivo. Y, el 20 de junio de este 2024, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia decidió, a su vez, reabrir el caso al estimar parcialmente los recursos de la acusación particular (la menor) y las dos acusaciones populares (Vox y Gobierna-T). Considera la Audiencia que «no puede descartarse claramente» la existencia de una infracción penal y que existen indicios suficientes para procesar a los investigados.

El 26 de junio, OKDIARIO adelantó que la asociación Gobierna-T iba a pedir imputar a Mónica Oltra en su escrito de alegaciones para la apertura de juicio oral por un supuesto delito de malversación.

Se da la circunstancia de que en la parte final de uno de los párrafos del auto de la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia que ha supuesto la reapertura de la causa, se dice: «… no puede descartarse en este momento procesal la comisión de infracción penal, como consecuencia de haberse dictado, de manera arbitraria e injustificada, una resolución con la finalidad de iniciar el referido expediente informativo, utilizando recursos públicos con fines particulares».

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