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El Govern de Armengol incumplió el acuerdo que prohibía comprar pisos para VPO a precio de mercado

Armengol VPO
La consellera de Vivienda, Territorio y Movilidad del Govern balear, Marta Vidal.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

El Govern de la ex presidenta socialista Francina Armengol incumplió el acuerdo que prohibía comprar pisos para VPO a precio de mercado y por ello, este miércoles el consejo de administración del Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi) ha aprobado por unanimidad la revocación del acuerdo para la compra, por tanteo y retracto, de un edificio de 88 viviendas de lujo en la calle Brotard del barrio palmesano de Nou Llevant por un valor de 25,8 millones de euros, autorizada por el anterior Ejecutivo estando en funciones.

Este acuerdo deja sin efecto la resolución del anterior presidente del Ibavi, el ex conseller socialista Josep Marí Ribas, para su adquisición y se fundamenta en los informes jurídicos y técnicos que así lo proponen.

La revocación ha sido aprobada porque el acuerdo para la compra por parte del Govern saliente en funciones no tuvo en cuenta los criterios aprobados por el propio consejo de administración del Ibavi sobre el precio de las viviendas en las operaciones de tanteo y retracto.

El Ibavi, mediante acuerdo aprobado en la sesión de 11 de febrero de 2021 de su Consejo de Administración, aprobó unos criterios orientativos para la selección de viviendas en el ejercicio del derecho de tanteo y retracto en las transmisiones entre grandes tenedores, en el marco de la Ley de la Vivienda de las Islas Baleares.

Respecto al precio de las viviendas libres, se disponía que «el precio de compra más el coste de la reforma serán iguales o inferiores al precio de mercado» y que este precio «no superará el que tendría esta vivienda si fuera protegida, lo que implica descartar las viviendas de algunas zonas que tienen un precio por metro cuadrado superior al las VPO».

Sin embargo, la operación de compra de 88 viviendas libres autorizada por el Govern habría supuesto un precio de compra de 3.709,88 euros por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas, una cifra muy superior a los 2.690,14 euros por metro cuadrado de precio máximo de venta de viviendas de protección pública.

De hecho, así lo advertía el informe económico previo a la resolución para la compra con fecha 23 de mayo. Esta diferencia de precio suponía un sobreprecio de adquisición de casi un 40% en relación con el precio máximo tasado por metro cuadrado.

Tanto el informe jurídico que propone la revocación como otro de los técnicos concluyen que esta operación no se ajustaba a los criterios de precio establecidos por el propio consejo de administración del Ibavi para el procedimiento de tanteo y retracto a las transmisiones entre grandes tenedores, fórmula prevista en la Ley de la Vivienda de Baleares.

Finalmente, el departamento jurídico del ente autonómico, una vez analizada la documentación de carácter económico y los informes adjuntos, ha propuesto el acuerdo de revocación. El informe definitivo considera que se hace necesario un cambio en el criterio de «apreciación de la conveniencia y oportunidad de esta operación», dado que «no se corresponde ni ampara con el respeto al interés general que debe justificarla».

Y es que además de no existir justificación técnica para la adquisición de la promoción, la operación ahora revocada no contaba con informes jurídicos del Ibavi que la avalaran, ni tampoco con la preceptiva memoria que exige la Ley 1/2019 para la adopción de acuerdos por un gobierno en funciones. Esta ausencia ya se ponía de manifiesto en el informe jurídico del Departamento de Vivienda, que advertía de la necesidad de su incorporación.

De la documentación del expediente, se extrae que se pretendía ejecutar la transmisión sin cumplir las condiciones legales necesarias, al no disponer los pisos de licencia de primera ocupación, ni de cédula de habitabilidad.

A ello hay que unir que la supuesta urgencia con la que pretendía actuar el anterior Govern no estaba justificada, toda vez que la ley urbanística considera una infracción grave residir en una vivienda sin licencia de primera ocupación, como hubiera sido el caso si se hubiese consumado la operación inmobiliaria, y sanciona este hecho con una multa del 25 % del precio de la vivienda en cuestión.

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