REAL MALLORCA / SANCIONES

El Comité se ceba con Luis García Plaza y de momento deja sin sanción a Dani Rodríguez

Sanciona con dos partidos al entrenador por "desconsideración hacia los árbitros" y rechaza el recurso del club

Dice que el Mallorca "no ha acreditado con ninguna prueba material lo que ellos consideran error arbitral"

No entra en el tuit de Dani Rodríguez, pero podría hacerlo con posterioridad

Real Mallorca.
Luis García Plaza, en el partido de hoy.

Luis García Plaza ha sido suspendido por dos partidos por «desconsideración o menosprecio hacia el equipo arbitral», según la resolución del Comité de Competición, que rechaza el recurso presentado por el club por no «acreditar con ninguna prueba material el error arbitral». De momento Dani Rodríguez no ha recibido ningún tipo de castigo por el tuit que escribió el pasado domingo, pero no se descarta que en el futuro sí reciba una sanción porque se han dado casos en los que se han juzgado situaciones como ésta a posteriori.

El entrenador fue expulsado en el minuto 82 por dirigirse a un asistente “de forma despectiva en los siguientes términos: ‘no nos pitas ni una’ habiendo sido advertido previamente”. El club alega, en primer lugar, la existencia de un error material manifiesto y mantiene que el técnico expulsado, tal y como demostrarían las imágenes aportadas como prueba, no cometió la acción consignada en el acta arbitral. Explica que en ningún momento se dirigió al asistente, sino a uno de sus compañeros de banquillo y que lo que dijo fue lo siguiente: “No nos pitan ni una”. Sostiene que así queda acreditado tanto por las imágenes del partido como por sus explicaciones en la rueda de prensa posterior. Sin embargo, resulta imposible deducir de la prueba aportada que fue esto realmente lo que ocurrió. Si bien el técnico se dirigió al banquillo, también se aprecia como se coloca detrás del asistente, no siendo posible escuchar lo que dice en ese momento. Como se ha dicho, únicamente la prueba de un error material manifiesto puede desvirtuar la apreciación realizada por el colegiado y, en consecuencia, la veracidad de lo que hizo constar en el acta. Es necesario en todo caso que se trate de un error claro o patente, independientemente de toda opinión, valoración, interpretación o calificación jurídica que pueda hacerse, circunstancias que se no dan en este caso», explica en su resolución la presidenta del Comité de Competición, Carmen Pérez González.

En lo que hace a la segunda alegación del club, que se refiere a la excesiva severidad de la reacción arbitral, el Comité aclara que «lo cierto es que no es labor de este órgano disciplinario sustituir en ese punto la apreciación del colegiado, mejor situado para enjuiciar el hecho y las circunstancias que lo rodearon. Lo que corresponde al Comité de Competición es calificar dichos hechos de acuerdo al Código Disciplinario que debe aplicar, si es que no
queda probado, como es el caso, el error material manifiesto. Procede, por tanto, la desestimación de las alegaciones y el mantenimiento de las consecuencias disciplinarias de la acción consignada en el acta arbitral». El Mallorca dispone ahora de 10 días para presentar recurso ante Apelación, en función de lo que decida el departamento jurídico del club.

También Sedlar ha sido sancionado, en su caso con un partido, por la expulsión por doble amonestación de la que fue objeto en Cádiz.

 

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