Crisis del coronavirus en Andalucía

El sindicato de la policía local de Granada logra que Sánchez recule: los agentes podrán felicitar a los niños

Singapur
Pedro Sánchez con mascarilla. (Foto: Moncloa)
Borja Jiménez

Pedro Sánchez ha reculado y ha levantado la prohibición que impedía que los policías locales de Granada feliciten el cumpleaños a los niños que, por la cuarentena, no pueden celebrar sus correspondientes aniversarios. Gracias en gran medida a la presión ejercida por el SIPLG (Sindicato Independiente de Policía Local de Granada), el Gobierno se ha visto obligado a corregir.

A través de un escrito, al que ha tenido acceso OKDIARIO, la subdelegada del Gobierno, Inmaculada López, ha tenido que confirmar al alcalde de Granada que los policías locales podrán finalmente seguir felicitando a los niños, así como acometer cualquier tipo de homenaje, siempre y cuando no impida al cuerpo ejercer sus funciones.

La delegada del Gobierno en Andalucía, Sandra García, indicó en una reunión del Centro de Coordinación de la Delegación del Gobierno en Andalucía, celebrada el 8 de abril, que las felicitaciones a los niños por parte de la policía local no se podrían llevar a cabo, toda vez que «no entran dentro de los cometidos de estos cuerpos policiales y de las funciones y servicios, ordinarios o extraordinarios, que les corresponden en orden a la protección de personas, bienes y lugares».

«Se tiene conocimiento de que en algunos municipios se están llevando a cabo actuaciones por parte de efectivos de Policía Local que no se encuadran dentro de la cadena de mando señalada, tales como felicitaciones de cumpleaños, cabalgatas o actividades musicales», señalaba la subdelegada del Gobierno en el primer escrito, en el que prohibía tales actuaciones porque no se encuadraban «en la protección de personas, bienes y lugares».

«Durante la vigencia de este estado de alarma los Cuerpos de Policía de las Corporaciones Locales estarán sujetos a las órdenes del Ministro del Interior y a las que, bajo su autoridad, emanen de las autoridades y órganos directivos de ese Departamento en sus respectivos ámbitos de competencia, y estarán a las disposiciones operativas y organizativas que para los mismos deriven del cumplimiento del citado Real Decreto. Es decir, durante la vigencia del estado de alarma los Cuerpos de Policía Local pasan a depender funcionalmente, y con carácter único y exclusivo, del Ministro del Interior y, por ende, de la Secretaría de Estado de Seguridad, Delegados del Gobierno y Subdelegados del Gobierno, a través de los mandos operativos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil», subrayaba la subdelegada.

«Por todo lo anteriormente expuesto, en primer lugar, le comunico que este tipo de actuaciones llevadas a cabo por los agentes de los Cuerpos de Policía Local quedan prohibidas, pudiendo adoptarse las medidas legales oportunas para el supuesto en que se celebren», amenazaba la misiva, que incidía, en segundo lugar, en que «para cualquier actuación de los Cuerpos de Policía Local, funcional y operativamente, estos deberán estar a lo que dispongan la Policía Nacional y la Guardia Civil. Cualquier actuación de las contempladas más allá de la normativa de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberá estar coordinada por dichos mandos». Finalmente, esta orden quedará en papel mojado.

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