Tribunales

Condenan a un magrebí a siete años de cárcel por abusar de un chica en el portal de su casa en Málaga

La víctima, que volvía a casa tras celebrar su cumpleaños, iba hablando por teléfono con un amigo

Sede del TSJA, en Granada. (EP)
Sede del TSJA, en Granada. (Europa Press)
David García de Lomana

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha sentenciado a un hombre a siete años y un día de prisión por abusar sexualmente de una joven a la que siguió hasta el portal de su casa en Málaga. El condenado es un varón de 33 años nacido en Túnez. El TSJA rechaza así el recurso presentado por la defensa y confirma íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga.

Los hechos ocurrieron el 14 de mayo de 2023, cuando la víctima regresaba a su domicilio después de celebrar su cumpleaños. La mujer caminaba por la calle mientras hablaba por teléfono con un amigo que había estado en la fiesta, sin percatarse de que un hombre la seguía a corta distancia.

Cuando estaba abriendo la puerta del portal de su casa, el procesado le dio un fuerte empujón por la espalda, la tiró al suelo y se abalanzó sobre ella para realizarle tocamientos. Después, salió corriendo.

Durante esos minutos, el amigo al teléfono se alarmó al escuchar un golpe y quedarse sin respuesta, por lo que se dirigió rápidamente al domicilio de la víctima, donde ella le relató lo sucedido.

La Audiencia de Málaga condenó al tunecino por un delito de abuso sexual a siete años y un día de prisión, seguidos de siete años de libertad vigilada, así como a la inhabilitación especial durante siete años —una vez cumplida la pena de cárcel— para ejercer cualquier profesión o actividad, remunerada o no, que implique contacto regular y directo con menores de edad. La víctima ha renunciado a cualquier indemnización.

En su recurso, la defensa alegó error en la valoración de la prueba y vulneración de la presunción de inocencia, pero el TSJA lo ha desestimado, confirmando el fallo dictado en primera instancia. Tras analizar las grabaciones de las cámaras de seguridad y los distintos testimonios, el tribunal concluye que en la valoración de la Audiencia no se aprecia «ningún error patente» que deba ser corregido.

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