Lee aquí los argumentos de la Fiscalía en el juicio del «procés»
La Fiscalía ha impugnado todas las cuestiones previas sobre violación sistemática de los derechos fundamentales de las defensas con una dura intervención en la que ha rechazado que exista una causa general contra el independentismo sino «un juicio en defensa de la democracia española».
– Se juzgan hechos concretos y conductas delictivas: No es el proyecto independentista de lo que trata este juicio sino de «los gravísimos sucesos de septiembre y octubre de 2017» hasta el punto de que «solo se ha puesto en marcha la justicia penal» cuando se han llevado a cabo acciones que han quebrantado los límites.
«Lo que para la defensas de Cuixart, Junqueras y Romeva es una actuación concertada de todos los poderes del Estado no es más que la respuesta legal del Estado de derecho frente a una gravísima presión al Estado constitucional mediante conductas delictivas que no pueden quedar impunes».
– No se persiguen ideas: Deja claro que «eso de que están siendo perseguidos por sus creencias políticas es una falacia de colosales dimensiones que debe ser proclamada a los cuatro vientos» pues «nadie ha sido perseguido por ideas – que pueden ser defendidas en un sistema democrático- sino por sus acciones».
El ejercicio de los derechos políticos no justifica sustituir la Constitución por una «legalidad paralela», «imponer coactivamente un proceso de segregación territorial», desobedecer de forma «reiterada, sistemática y contumaz» al Tribunal Constitucional y «llamar, incitar, promover o agitar a miles de ciudadanos que como muros humanos han protegido urnas y centros electorales sabiendo que se les abocaba al choque violento».
– Juicio en defensa de la democracia: Frente a las críticas de las defensas, que presentaron el procedimiento como una causa general contra la democracia en general, los fiscales han defendido que el juicio del «procés» no es sino «un juicio en defensa de la democracia española y del orden constitucional» que demuestra el «triunfo de la democracia, del Estado de Derecho y de los principios de igualdad de la ley».
– Actuación legítima policial: La Fiscalía responde que en el 1-O solo hubo dos heridos por la actuación policial y que, como planteó la defensa de Cuixart, «identificar el uso legítimo y proporcionado de la fuerza policial con la tortura es un disparate jurídico de dimensiones importantes».
No atribuye los hechos violentos del 1-O a las fuerzas de seguridad del Estado sino, en clara alusión a los acusados, «a los que movilizaron a miles de ciudadanos que como muros humanos impidieron la legítima actuación policial». Esa «presunta violencia policial» no es el objeto de este juicio, pues existen procesos judiciales abiertos en Cataluña para dilucidar si hubo excesos.
– La violencia: El ministerio público cree que la cúpula independentista sustentaba su plan en tres elementos: el uso coercitivo del derecho y la utilización de la violencia por parte de «murallas humanas», situando a los Mossos «al lado de la rebelión».
– Los ataques de la defensa: Tachan de «auténticos libelos acusatorios» los escritos de las defensas, que ayer arremetieron contra las acusaciones y el tribunal por vulnerar múltiples derechos fundamentales de los procesados.
El objetivo de las defensas, para el ministerio público, es «desprestigiar a la justicia española», transformando en «víctimas» a quienes han quebrantado el orden constitucional, de forma que al final sea el Estado el que se siente en el banquillo.
– Los fugados: La Fiscalía no ha dejado escapar la alusión a los siete fugados, entre ellos el expresidente Carles Puigdemont, que se «colocaron fuera del radio de la Justicia» para evidenciar el «riesgo de fuga palmario» que ha existido sobre los nueve líderes independentistas presos y que ha motivado que sigan en prisión.
– Alemania y Puigdemont: La Fiscalía ha cargado contra los tribunales alemanes por incumplir «palmariamente» el marco legal de la orden de detención europea al rechazar entregar a Puigdemont por rebelión.
Ha acusado a la Audiencia de Schleswig Holstein de convertir la euroorden en «una orden europea de enjuiciamiento» y creer «que podía enjuiciar los hechos» examinando el fondo del asunto o la intensidad de la violencia, lo que supone «una indebida intromisión en la jurisdicción de los tribunales españoles».
– La inviolabilidad parlamentaria no es infinita: Frente a la inmunidad parlamentaria alegada ayer por la defensa de Carme Forcadell, la Fiscalía ha dejado claro que ésta no es infinita sino que tiene su límite en el cumplimiento de la ley.
Cuando se utiliza la Mesa del Parlament para conseguir una «fracción del orden constitucional» implantando «una legislación paralela» y «obviando al Tribunal Constitucional» no se está actuando al amparo del derecho.
– Tribunal imparcial y defensa de Llarena: Recuerda que todas las peticiones de recusación fueron rechazadas, por lo que «no se puede poner en tela de juicio la imparcialidad de este procedimiento». Califica la instrucción del juez Llarena de «excelente, con respeto de todos los derechos fundamentales y la búsqueda de la verdad», cuyas expresiones en primera persona están «sacadas de contexto».
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