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La DGT explica cuándo superar el límite de velocidad es delito

La DGT explica cuándo superar el límite de velocidad es delito
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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Cuando nos ponemos al volante, debemos conocer al detalle el Reglamento General de Circulación. Uno de los apartados más importante es el que especifica cuál es el límite de velocidad en las diferentes vías. Se trata de un asunto muy relevante, no solo para evitar una multa, sino también por nuestra seguridad y la del resto de conductores. Por este motivo, la DGT ha publicado en su perfil de Twitter una imagen que informa de cuáles son las sanciones por no respetar el límite de velocidad.

Lo primero a tener en cuenta es que conducir por encima de la velocidad máxima permitida puede ser considerado infracción o delito, según el tipo de vía, la clase de vehículo y, sobre todo, la velocidad en que se supere el límite legal.

Los límites de #velocidad se establecen para proteger la seguridad vial de todos. No respetarlos conlleva una sanción de entre 100 a 600 € y la pérdida de 2 a 6 puntos. Si se supera en 60 km/h el límite urbano u 80 el interurbano, es #delito.

Con la reforma del límite de velocidad en ciudades, ahora hay calles en las que hay que circular a 20 kilómetros por hora, otras en las que el límite es de 30 kilómetros por hora, y otras en las que se mantienen los 50 kilómetros por hora como velocidad máxima permitida.

Pues bien, los casos en los que, tal y como explica la DGT, superar el límite de velocidad es delito y conlleva una multa de 600 euros, son los siguientes:

  • Vías a 20 km/h: conducir a 71 km/h o más.
  • Vías a 30 km/h: conducir a 81 km/h o más.
  • Vías a 40 km/h: conducir a 91 km/h o más.
  • Vías a 50 km/h: conducir a 101 km/h o más.
  • Vías a 60 km/h: conducir a 131 km/h o más.
  • Vías a 70 km/h: conducir a 141 km/h o más.
  • Vías a 80 km/h: conducir a 151 km/h o más.
  • Vías a 90 km/h: conducir a 161 km/h o más.
  • Vías a 100 km/h: conducir a 171 km/h o más.
  • Vías a 110 km/h: conducir a 181 km/h o más.
  • Vías a 120 km/h: conducir a 191 km/h o más.

En 2020 fallecieron 870 personas en las carreteras españolas, un 21% menos que en 2019. Parte del descenso se ha debido a las restricciones de movilidad por el Covid-19.

El 44% de los fallecidos tuvieron un accidente por salidas de la vía debido a «velocidad excesiva, unida al alcohol, al consumo de drogas y a las distracciones, como el uso del teléfono móvil», según Grande Marlaska.

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