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Adiós a las gallinas de corral: el Gobierno impone la prohibición en todo el país desde esta fecha

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Gallinas. (EP)
Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Todo el país se prepara para una prohibición que empieza hoy 10 de noviembre y afectará de lleno a las gallinas de corral. En caso de que tengamos estas fieles compañeras que no dudan en darnos sus huevos cada día, hay que prepararse para lo peor. Las gallinas están viviendo su propia pandemia, en forma de una gripe aviar que se propaga a gran velocidad. Una enfermedad que las obliga a seguir los pasos de los humanos, confinándose, sin posibilidad de salir del corral, hasta nuevo aviso.

Los humanos con el coronavirus vivimos los efectos de un virus que puso en jaque a medio mundo. Lo hizo con miedo y unas terribles consecuencias que obligaron a la humanidad a confinarse en sus casas, el único lugar en el que estaban seguros ante una enfermedad que parecía no poner fin. Las gallinas de corral van a vivir un proceso similar con una gripe que este año les va a afectar de lleno, aunque ya lleva tiempo entre nosotros, los últimos registros obligan al gobierno a tomar medidas radicales a partir de hoy mismo.

Las gallinas de corral quedarán confinadas

Todo aquel que tenga gallinas de corral no podrá sacarlas fuera de él, sino que se verá obligado a proteger a estos animales. La manera en la que se propaga esta gripe, a través de todo tipo de pájaros, es lo que nos ha obligado a poner en práctica una medida de lo más radical.

Ninguna gallina podrá salir, quedarán confinadas y lo harán de tal forma que no podrán hacer nada más que comer y disfrutar de la comodidad de sus corrales, sin posibilidad de sentir la luz del sol o de pasear tranquilamente. Es una medida muy radical, pero tiene como finalidad proteger a estas gallinas de uso doméstico.

Son las que nos dan esos huevos que usamos en el día a día y nos ofrecen una serie de detalles que deberemos empezar a poner en práctica. Ciertos detalles que pueden acabar siendo los que nos marcarán muy de cerca. Con algunos elementos que pueden ser esenciales y que, sin duda alguna, acabarán marcando una diferencia importante.

Sin duda alguna, tocará estar pendientes de un confinamiento que afecta de lleno a las gallinas de corral y que tiene su razón de ser.

Desde esta fecha el Gobierno impone esta prohibición en todo el país

Tal y como se ha publicado en el BOE: «La gripe o influenza aviar altamente patógena es una enfermedad infecciosa de las aves, incluida en la lista del Código Zoosanitario Internacional de la Organización Mundial de la Sanidad Animal, causada por cepas A del virus de la gripe. Las medidas específicas de lucha contra la enfermedad están reguladas por el Real Decreto 1025/1993, de 25 de junio, por el que se establecen medidas para la lucha contra la influenza aviar, que traspone la Directiva del Consejo 92/40/CEE, de 19 de mayo, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la influenza aviar. De los distintos subtipos del virus de la gripe aviar, la cepa H5N1 es especialmente virulenta por lo que, a raíz de los brotes de dicha cepa, que se iniciaron en el Sudeste Asiático en diciembre de 2003, la Comisión Europea adoptó varias decisiones para evitar la introducción de esta enfermedad en la Comunidad desde los terceros países afectados. Las medidas se han visto reforzadas y ampliadas tras la confirmación en diversos Estados miembros de gripe aviar altamente patógena causada por el subtipo H5N1 del virus A de la gripe, mediante diversas Decisiones comunitarias, la última de las cuales es la Decisión 2006/474/CE, de la Comisión, de 6 de julio de 2006, relativa a las medidas para impedir la propagación de la gripe aviar altamente patógena causada por el virus A de subtipo H5N1 a las aves que se encuentren en los parques zoológicos y en los organismos, institutos o centros oficialmente autorizados de los Estados miembros y por la que se deroga la Decisión 2005/744/CE. La Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, en su artículo 8.1, dispone que, para prevenir la difusión en el territorio nacional de enfermedades de los animales de declaración obligatoria previstas en el Código Zoosanitario Internacional de la Oficina Internacional de Epizootias o en la normativa nacional o comunitaria, en especial, de aquéllas de alta difusión, o para prevenir la extensión de tales enfermedades en caso de existencia de casos sospechosos o confirmados o de grave riesgo sanitario, la Administración General del Estado podrá adoptar todas aquellas medidas preventivas que sean precisas. La aparición del primer caso de influenza aviar altamente patógena en nuestro país, hace preciso adoptar medidas específicas en relación con la enfermedad, que serán de aplicación en España, salvo en las partes afectadas por haberse declarado un foco de la enfermedad».

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