Magistrados del CGPJ avisan: los juicios telemáticos sin público «son nulos y propios de la Inquisición»
Magistrados del Poder Judicial aseguran que muchas vistas no tienen un carácter urgente, por lo que no tendrían que haberse celebrado durante el estado de alarma
Durante la última semana se han celebrado en varias provincias de España juicios telemáticos donde las partes personadas han asistido a la vista oral a través de un sistema de videoconferencia. Magistrados del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) consultados por OKDIARIO advierten de que este tipo de juicios si se realizan sin la asistencia de público –como ha ocurrido en algunos casos– son «nulos y propios de la época de la Inquisición». Además, añaden que muchas no tienen un carácter urgente por lo que no tendrían que haberse celebrado durante el estado de alarma.
Jueces del CGPJ explican a este periódico que la celebración de vistas orales sin audiencia pública viola el artículo 120 de la Constitución y el 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El hecho de que los juicios se celebren de manera telemática, para evitar la propagación del SARS-CoV-2, no justifica el incumplimiento de las garantías y aseveran que éstas «deben ser las mismas que en el sistema presencial».
El pasado miércoles 6 de mayo se celebró en la localidad de Barbastro (Huesca) el primer juicio telemático. Tan sólo el juez y un agente judicial estuvieron presentes en la sala de vistas; los abogados de las partes y la fiscal asistieron al juicio desde sus domicilios a través de videoconferencia, y la pareja litigante –se trataba de un proceso de familia por la custodia de un menor– estaba en salas distintas.
La abogada de la mujer, Xenia Cabello, señaló que su cliente se mostró «sorprendida» por la forma en que transcurrió la vista, ya que habiendo sido citada no pudo ni siquiera entrar en la sala. La letrada argumentó que «si hay testigos en el proceso judicial lo lógico es que el abogado acompañe a su cliente».
Las mismas fuentes explican que el nuevo sistema debe respetar dos garantías esenciales: la publicidad –un hecho que consideran que pudo vulnerarse– y asegurar la integridad de la prueba. Es decir, debe asegurarse que los testigos declaran de una manera correcta. Sin embargo, en esta ocasión las partes ni siquiera pudieron tener un contacto directo con sus abogados.
Por ello, los magistrados del CGPJ explican que están trabajando en detallar un planning sobre las normas a seguir para la celebración de juicios tras el Covid-19 y avisan a los jueces que quieren ‘experimentar’ en un asunto pionero que «esto no se hace a las bravas».
En España los únicos juicios que se celebran a puerta cerrada son los procesos judiciales sobre violaciones, sobre todo si afectan a menores. Por ejemplo, el juicio de La Manada se celebró sin audiencia pública para «proteger el derecho fundamental a la intimidad» de la demandante y para «salvaguardar» a la joven y a los cinco acusados de «una indeseada e indeseable exposición pública aireando aspectos relativos a su intimidad corporal y vida sexual» que pertenecen a la esfera personal.
Por otro lado, estos magistrados recuerdan que muchos de los juicios que en esta semana se han celebrado, aunque garanticen los derechos fundamentales, no tienen carácter de urgencia y, por lo tanto, no deben celebrarse durante el estado de alarma. Por ejemplo, el juicio celebrado el pasado lunes en Cantabria sobre si un restaurante debía quitar un toldo no era de carácter esencial.