Ley del 'sólo sí es sí'

Los jueces contra los que ahora carga Montero la avisaron de que su ley desprotegería a las víctimas

sólo sí es sí
Irene Montero y Victoria Rosell.

Quien avisa no es traidor. Los jueces ya alertaron al Ministerio de Igualdad de que la ley conocida como del ‘sólo sí es sí’ iba a acarrear rebajas de penas a abusadores y violadores, como ha comenzado a suceder. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) advirtió en febrero de 2021, en su informe preceptivo sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, que provocaría la revisión a la baja de aquellas condenas en las que se hubiera impuesto penas máximas conforme a la regulación anterior. Este martes se han conocido al menos cuatro casos de reducción de años de cárcel y, en este contexto, Moncloa se ha abierto a revisar el texto.

Los magistrados plasmaban en su informe a lo largo de 150 páginas su visión sobre la Ley de ‘sólo sí es sí’, uno de los proyectos estrella del Ministerio dirigido por Irene Montero. En particular, en el punto 241, el ponente del informe analizaba el cuadro penológico de la norma para los delitos de agresión sexual y advertía de que suponía «una reducción del límite máximo de algunas penas».

Es por ello que el abogado defensor de los miembros de La Manada, condenados a 15 años por el Tribunal Supremo por la violación múltiple cometida en los sanfermines de 2016, anunció que iba a pedir una revisión de la condena de sus defendidos apoyándose en las nuevas horquillas penales de la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad.

El CGPJ subrayó en su informe de la Ley de sólo sí es sí, que en el tipo básico de agresión sexual se establecía una pena de uno a cuatro años, mientras que la anterior lo marcaba en el margen de uno a cinco años. En caso de violación , la reforma legal prevé una pena de prisión de cuatro a 10 años, mientras que antes se penaba de seis a 12 años y en el caso de abusos sexuales con penetración con penas de cuatro a 10 años.

Lo mismo ocurre con los tipos agravados en agresión sexual que con la reforma van de dos a seis años, mientras que antes la horquilla era de cinco a 10 años. En cuanto al tipo agravado de violación, pasa de una horquilla de 12 a 15 a una pena de siete a 12 años.

El CGPJ en su informe afeaba que Igualdad en su proyecto legal de la Ley de sólo sí es sí, «no ofrece una justificación de los nuevos umbrales de pena previstos» y que efectivamente «la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las penas máximas conformes la regulación vigente».

El revés del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) era claro. Los vocales que redactaron el documento afirman que «puede tener el efecto de desprotección a las víctimas». El contundente informe, aprobado por unanimidad, explicaba que no están de acuerdo con la idea de la creación, en el artículo 178 Código Penal, de una única categoría delictiva de agresión sexual, que aglutinará lo que hoy constituyen dos categorías de tipos distintas, la de agresión sexual y la de abusos sexuales. En palabras de los ponentes, esa modificación «es un error».

Los firmantes del informe –Roser Bach, Juan Manuel Fernández y Pilar Sepúlveda– explicaron que el tipo debe desincentivar con una mayor pena aquellos comportamientos más graves. Sin embargo, el texto «puede tener un efecto de desprotección de las víctimas, pues para el sujeto activo del delito no tendrá mayores consecuencias si emplea un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor», detallan.

«Propaganda»

Sin embargo, ante esas informaciones, la delegada de Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, calificó el asunto de «propaganda» porque la norma no permitía revisiones de condenas de 15 años.»No hay atenuación ni despenalización» para penas de 15 años con la nueva norma, que entró en vigor el pasado 7 de octubre. «Quieren desprestigiar la ley (…) y asustar a las mujeres. Pero con esta ley tenemos más seguridad y derechos», apuntó entonces Rosell.

No obstante, varios penalistas recordaron que los nuevos tipos penológicos que favorecen al reo son aplicables retroactivamente, y permiten revisar condenas anteriores.

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