Varapalo de Europa a la amnistía: el TJUE suspende el juicio por el desvío de 3,4 millones en el 1-O
El TJUE registra la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Cuentas
La cuestión prejudicial, que el Tribunal de Cuentas anunció que plantearía sobre la Ley de Amnistía, ya ha sido registrada en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). De este modo, la Justicia de la UE comienza la tramitación de esta duda planteada por la consejera que enjuiciaba a los líderes independentistas por la responsabilidad contable del procés que supuso el desvío de 3,4 millones en el 1-O. Los plazos que se manejan para resolver esta cuestión prejudicial son de al menos un año, periodo durante el cual el procedimiento quedará suspendido. Europa frena así por primera vez la amnistía que pretende el borrado de los delitos del independentismo y que fue pactada por Pedro Sánchez con las fuerzas independentistas para lograr apoyos en su investidura.
La primera cuestión prejudicial sobre la amnistía ya está en Europa, si bien las siguientes anunciadas, como por ejemplo la del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), aún no se ha presentado oficialmente. La delantera la tomó el pasado mes de julio el máximo órgano fiscalizador del Estado que, tras escuchar a las partes, decidió acudir al TJUE señalando en su escrito que el desvío de fondos para la organización del referéndum ilegal de independencia del 1-O y la promoción internacional del procés afectó a los intereses financieros de la UE, lo que convertiría ese delito en no amnistiable. Sostiene además que la amnistía es contraria al Derecho Europeo.
El TJUE ha recogido el guante y ya estudia esta prejudicial, lo que supone la paralización del procedimiento judicial en el que están encausados 35 ex altos cargos de la Generalitat, entre ellos los ex presidentes Carles Puigdemont y Artur Mas y el ex vicepresidente Oriol Junqueras. De este modo, a Puigdemont se le complica su vuelta anunciada por él mismo, ya que esta causa permanece paralizada sin aplicársele la amnistía que su defensa pidió que se activase «sin más dilación». Este juicio celebrado en noviembre de 2023 había quedado visto para sentencia, pero el fallo final depende de cómo se pronuncie Europa.
Misma senda escogió el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena que considera que este mismo delito de malversación agravada y que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea no es amnistiable. Así, el magistrado no ha visto pertinente, por el momento, que deba de alzar la orden de detención que pesa sobre Puigdemont. Su defensa ha recurrido en reforma esta decisión y, posteriormente, lo hará ante la Sala de lo Penal. Llarena aún no ha resuelto los recursos pendientes y no hay prisa para ello puesto que agosto es un mes inhábil en los tribunales. El carpetazo judicial que esperaban los independentistas para facilitar la vuelta del fugado Puigdemont no se ha logrado del todo en los tribunales.
Recorrido en Europa
La cuestión prejudicial planteada ante el TJUE empieza este mes de agosto su largo recorrido. Según el Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, el primer paso ya se ha dado y es que la secretaría debe registrar las remisiones prejudiciales atribuyéndoles un número, siguiendo el orden cronológico de presentación. Tras ello, el presidente del tribunal designará a un juez ponente y el primer abogado general nombrará a un abogado general que se encargue del procedimiento.
El paso siguiente es que el texto del auto de remisión se traduzca a todas las lenguas oficiales y se remita, entre otros, a los Gobiernos de los Estados miembros, a la Comisión y a las partes, por si quieren presentar observaciones al respecto. «La secretaría elabora una comunicación sobre la prejudicial que se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en todas las lenguas oficiales», señalan fuentes oficiales consultadas por OKDIARIO.
Las mencionadas voces aseguran que «la remisión prejudicial tiene el efecto de suspender tanto el asunto del que conoce el juez que la plantea como (en virtud del deber de cooperación leal) los asuntos semejantes sustanciados ante otros órganos jurisdiccionales, hasta que el Tribunal de Justicia de la UE responda a las cuestiones prejudiciales».
Una vez estudiado a fondo el asunto, el TJUE puede considerar que no es competente para conocer un asunto o que una petición de decisión prejudicial es inadmisible, en cuyo caso resuelve mediante auto motivado. Si bien el tribunal decide que debe pronunciarse sobre la cuestión, el ponente tendrá que elaborar un informe preliminar sobre las diligencias a practicar, así como si debe convocarse una vista oral.
«Entre la presentación de la petición y la vista oral suele mediar un año. Desde la celebración de la vista hasta que se presenten conclusiones pueden pasar de dos a cuatro meses, y otros tantos desde la presentación de las conclusiones al pronunciamiento de la sentencia, pero depende de cada asunto», explican fuentes oficiales del TJUE sobre los plazos en el que el juicio al procés quedará paralizado.