Audiencia Provincial de Toledo

Cospedal gana a Bárcenas en los tribunales: archivada la falsa mordida de 200.000 €

El tribunal concluye que "carece de sentido considerar" que María Dolores de Cospedal haya podido incurrir en prevaricación, cohecho y un delito electoral.

María Dolores de Cospedal
María Dolores de Cospedal en una reciente imagen.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo, presidida por el magistrado Juan Manuel de la Cruz, ha archivado el procedimiento abierto sobre una supuesta mordida de 200.000 euros que se destinó a la campaña electoral de María Dolores de Cospedal en 2007.

Un Juzgado de Toledo abrió esta investigación tras hacer públicos varios apuntes del ex tesorero del PP, Luis Bárcenas, sobre la ‘Caja B’ que investiga el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional en el marco de la trama Gürtel.

En el auto al que ha tenido acceso OKDIARIO, el tribunal valora que «no ha quedado acreditado» el pago de dichos fondos (200.000 euros) a cambio de la adjudicación de un contrato de basuras firmado en enero de 2007 con Sacyr. Por ello se decreta sobreseimiento del presunto delito de cohecho por «falta de indicios suficientes de criminalidad y porque no se dan los requisitos subjetivos ni se prueban los objetivos».

En esta causa ejercían la acusación popular la Asociación Libre de Abogados, Abogados Ecologistas en Acción, Izquierda Unida y Los Verdes que recurrieron el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Toledo en noviembre de 2017 y que acaba de ser ratificado por la Audiencia Provincial.

Otros investigados

Según reveló Bárcenas, el contrato fue otorgado a Sacyr a cambio del pago de una comisión de 200.000 euros al equipo del Ayuntamiento de Toledo. Entre los investigados por la posible comisión de los delitos de prevaricación y delito electoral en la adjudicación de la licitación pública se encontraba el ex gerente del PP en Castilla-La Mancha, José Ángel Cañas, el ex alcalde popular de Toledo, José Manuel Molina, y su equipo de gobierno.

Sin embargo, el juez considera que no existe una «actitud prevaricadora» por parte de Cañas ni de la sociedad de la que supuestamente procedían los 200.000 euros. Además, ratifica que «no existen pruebas» para determinar que las personas investigadas cometiesen dichos delitos. Por todo ello, sentencia que no aprecia «infracción alguna» en la adjudicación a Sacyr.

Finalmente, el tribunal ha concluido que «carece de sentido considerar acerca del supuesto delito electoral, prevaricación y cohecho» a la ex secretaria del Partido Popular María Dolores de Cospedal.

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