La Audiencia ordena reabrir la causa contra los ediles que abrieron el Ayuntamiento de Badalona el 12-O
La Audiencia de Barcelona ha ordenado reabrir la investigación a los seis concejales del Ayuntamiento de Badalona (Barcelona), de una plataforma integrada por Podem y la CUP, que abrieron las puertas del consistorio el pasado 12 de octubre, Día de la Hispanidad.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la sección octava de la Audiencia de Barcelona estima el recurso de la Fiscalía y revoca la decisión del juez de instrucción número 4 de Badalona (Barcelona) de archivar de forma provisional la causa que se abrió a los concejales, a raíz de una denuncia presentada por el PP, y le ordena seguir adelante con el proceso.
La sección octava de la Audiencia de Barcelona argumenta que la causa contra los concejales no puede archivarse, dado que «desatendieron» un mandato judicial «literosuficiente» que les obligaba a abstenerse de abrir las dependencias municipales al público y a los empleados.
El tribunal razona en su auto que no puede compartir la opinión del juez de que no existió actuación administrativa en el Ayuntamiento de Badalona el 12 de octubre pasado, cuando los concejales acudieron al vestíbulo del consistorio a atender personalmente a los ciudadanos que quisieron entrar a hacer gestiones.
Para la sala, está documentado que, pese a que los concejales alegaron que se habían limitado a auxiliar a los ciudadanos a cumplimentar instancias administrativas, «se rellenaron numerosos impresos propios del ente consistorial [formularios] en los que se imprimió el sello de aquel, si bien haciendo constar como fecha la del día siguiente, 13 de octubre».
La Audiencia también rechaza el argumento del juez instructor de que los concejales se limitaron a permanecer en el vestíbulo del consistorio y que los ciudadanos no entraron por la puerta principal, que estaba cerrada, sino por una reservada al personal.
«Ciertamente no resulta esencial, en lo que aquí interesa, la mera entrada en sí o la vía de acceso concretamente utilizada sino si esa presencia en el interior se traducía con posterioridad en alguna actuación administrativa», sostienen los jueces.
El auto revocado
El juez instructor acordó el pasado mes de enero archivar la investigación a los concejales, tras concluir que se limitaron a cometer una «escenificación», que a su parecer no constituye delito porque «el derecho penal no castiga las performances».
La Audiencia de Barcelona, sin embargo, cree que la apertura del consistorio de Badalona está «alejada conceptualmente» de lo que es una performance, porque el diccionario lo define, «acaso contradictoriamente con el propio razonamiento» del juez instructor, como «algo que implica una cierta dosis de improvisación».
El tribunal recuerda que el auto en que el juzgado contencioso número 14 de Badalona prohibió al consistorio de Badalona abrir sus puertas «contiene una orden concreta y específica de abstención» que debía ser acatada, pese a que no se efectuó ninguna advertencia y apercibimiento a los afectados.
También rechaza la Audiencia el argumento del juez instructor de que los encausados no tenían la consideración de empleados públicos, por lo que no podían contravenir el mandato judicial.