Constitución de la Cortes

Abascal jura «por España» su escaño como diputado en el Congreso

Con el acatamiento de los cargos de los nuevos parlamentarios queda constituido el hemiciclo parlamentario e inaugurada la XIII Legislatura.

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El líder de Vox, Santiago Abascal, acatando su cargo como diputado en el Congreso

Santiago Abascal, líder de Vox, acata la Constitución como diputado: «Por España, sí, juro». Con esa escueta y contundente fórmula ha formalizado la toma de posesión de su escaño en el Congreso, este martes. Abascal ha sido el segundo de los 350 diputados del Congreso en jurar su cargo, tras la intervención del socialista José Luis Ábalos.

Sentado tras Pedro Sánchez en el hemiciclo, Abascal se ha decantado por esa escueta, «patriótica», pero contundente afirmación, algo más breve que que la que emplearon los miembros de su partido en las Cortes andaluzas y valencianas el día de su constitución. En esta ocasión se ha eliminado la alusión a «por Dios» que incorporaron en citas anteriores al entender que el hecho de elegir el juramento, en lugar de la promesa, conlleva implícito el poner a Dios por testigo.

El formato elegido por los 24 diputados de Vox ha sido idéntica. El acatamiento de la Constitución, durante el Pleno de este martes, es condición sine qua non, para adquirir con plenitud la condición de parlamentario.

Los artículos 4 y 20 del Reglamento el Congreso de los Diputados prevén que los Diputados proclamados electos habrán de prestar, en la primera sesión del Pleno a la que asistan, el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución.

El acceso al ejercicio de los cargos y funciones públicas requiere en el ordenamiento jurídico español, de acuerdo con lo establecido por una larga tradición y por las normas vigentes, que el acto solemne de acatamiento a la Constitución se lleve a cabo con una fórmula ritual, simple, inequívoca e igual para todos. En la historia democrática más reciente es habitual, sin embargo, asistir a la inclusión de variantes y matices, de connotación ideológica, en el consentimiento prestados por sus ‘señorías’ en los diferentes Parlamentos.

Algo que choca con lo previsto, por ejemplo, para el caso de los funcionarios públicos, que de acuerdo a lo indicado en el artículo 1.o del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, quedan obligados a lo siguiente: «En el acto de toma de posesión de cargos o funciones públicas en la Administración quien haya de dar posesión formulará al designado la siguiente pregunta: ‘¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo… con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado?’. Esta pregunta será contestada por quien haya de tomar posesión con una simple afirmativa».

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