Escándalo en la SEPI

El Supremo archiva la querella de Vox por Plus Ultra pero sigue la investigación en Madrid

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Fachada del Tribunal Supremo.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada por Vox contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y las ministras de Hacienda, María Jesús Montero, y de Industria, Reyes Maroto, por el rescate de Plus Ultra al no apreciar indicios de delito.  No obstante, continúa la investigación en el Juzgado número 15 de Madrid donde también está presente como acusación el partido de Santiago Abascal.

En un auto de 10 de junio, los magistrados han desestimado la querella de Vox al no apreciar en los hechos denunciados indicios de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por parte de los aforados.

Sobre el resto de personas incluidas en la querella -miembros del consejo gestor del fondo de rescate de la SEPI-, el alto tribunal ha declarado su no competencia, ya que no están aforadas ante el Supremo. La inadmisión coincide con el criterio expresado por la Fiscalía en su informe.

La Sala ha acordado el archivo al considerar que la querella de Vox «no aporta u ofrece algún indicio de su comisión que pueda ser calificado como accesible y racional» y ha recordado que la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar sin más la apertura de un procedimiento penal para investigar unos hechos.

«En esas condiciones, no cabe hablar de un verdadero ejercicio de la acción penal, sino de mera remisión al tribunal de una serie de informaciones difundidas públicamente por los medios de comunicación», han señalado los magistrados.

Ni estratégica ni problemas puntuales

Vox alegó en su querella que Plus Ultra no reúne los requisitos establecidos para recibir la ayuda, ya que «no es una empresa estratégica con relevancia en su sector ni tampoco sus pérdidas vienen provocadas por el Covid-19» como exige la norma. Añadía que la aerolínea atravesaba una grave situación con grandes pérdidas económicas «casi desde su creación».

Estos argumentos están respaldados por numerosas evidencias y han sido respondidos por la Abogacía del Estado con argumentos falsos, como que el concepto de estratégica es cualitativo y no cuantitativo, y que se puede aplicar al sector y no a la empresa individual, como informa OKDIARIO este martes.

El Supremo insiste, además, en que la «mera remisión al contenido de las informaciones supone que quien interpone la querella no asume como propia la imputación de tales hechos ni, por ello, las responsabilidades que podrían derivarse de una eventual falsedad».

Ausencia de indicios sólidos

En este sentido, ha hecho hincapié en que «la imputación indiciaria a una persona, aforada ante esta Sala, requiere que existan indicios sólidos de la existencia de un delito y de la intervención del aforado».

Los jueces han también han subrayado el hecho de que el propio Vox señala que el órgano competente para aprobar la resolución de las solicitudes de ayuda que pretende que se investiguen es el consejo rector de la SEPI, de lo que resultaría precisa una primera investigación sobre personas no aforadas ante el Supremo.

La Sala ha reprochado al partido que traslade este tipo de querellas al tribunal y ha recordado que «la legítima confrontación política tiene otros escenarios propios para su realización, sin trasladar a la jurisdicción el control del ejercicio de los actos de Gobierno, que deberá reservarse para depurar la responsabilidad penal previa constatación de los precisos indicios que justifiquen la actuación de la jurisdicción».

En el auto, los jueces han subrayado que es necesaria «una mayor concreción de la imputación penal y de las bases indiciarias del hecho y de la participación de los querellados antes de acudir a la jurisdicción» y no una «imputación carente de solvencia indiciaria, a salvo de la mera transcripción y reproducción de noticias de prensa».

Tras acudir al Supremo, Vox amplió su querella ante el Juzgado de Instrucción Número 15 de Madrid y añadió los delitos de tráfico de influencias y cohecho. Pidió que se citara como testigo al director general de Plus Ultra y al representante legal de la compañía aérea y de su accionista SNIP Aviation. También reclamó que se remitieran los informes de Deloitte, Daiwa Corporte Advisory y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

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