Si tienes hijos, esto te interesa: esto es lo que vas a cobrar con el nuevo permiso parental aprobado por el Gobierno
El permiso parental para el cuidado de los hijos se amplía y también su retribución
El Gobierno deja a los funcionarios sin la retribución del permiso parental de ocho semanas
Cambios en la ley que pocos conocen: así aumenta el dinero que puedes recibir por permiso parental


Cuando uno es madre o padre, cualquier medida que facilite un poco la conciliación entre trabajo y familia es bien recibida. A veces es complicado cuadrar horarios, vacaciones escolares, enfermedades repentinas o simplemente, el deseo de estar presentes en los primeros años de vida de los hijos. Por eso, el nuevo permiso parental aprobado esta misma semana por el Gobierno puede suponer un cambio relevante para muchas familias.
Este cambio implica que se pueda tener más tiempo para cuidar a los hijos, pero además, sin perder nivel adquisitivo. Y es que muchas veces, renunciar a unos días para cuidar a un hijo pequeño supone también renunciar a ingresos. Y esa es una decisión que no todas las familias pueden permitirse. La novedad está en que ahora, por fin, parte de ese tiempo sí será retribuido, y no de cualquier forma, sino con el 100% de la base reguladora. Un nuevo permiso parental que ya está dando mucho que hablar y que conviene conocer bien. Vamos a ver en detalle qué cambia, cuánto se cobra y quién puede acceder a este permiso parental renovado.
Lo que cambia con el nuevo permiso parental
Con la nueva normativa, tres de las semanas del permiso parental pasan a ser retribuidas al 100% de la base de cotización, algo que da un vuelco a la utilidad práctica de este derecho. Estas dos semanas podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla los ocho años, lo que da un margen bastante amplio a las familias para decidir cuándo usarlas.
Este cambio tiene carácter retroactivo para los nacimientos y adopciones que hayan tenido lugar desde el 2 de agosto de 2024. Así que si tu hijo nació después de esa fecha, ya puedes acogerte a esta prestación. La retribución, además, puede disfrutarse de forma flexible: a jornada completa, a tiempo parcial o repartida a lo largo del año, siempre que se coordine adecuadamente con la empresa. Esta flexibilidad es clave para quienes no pueden ausentarse del trabajo durante dos semanas seguidas, pero sí pueden ajustar horarios.
En definitiva, ya no hablamos solo de un permiso voluntario y sin sueldo. Ahora hay un incentivo real para que los padres (y no sólo las madres) lo utilicen, lo que puede facilitar una mayor corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.
Una semana más para cada progenitor
Pero aquí no acaba todo. El Gobierno ha aprovechado esta reforma para ampliar también el permiso por nacimiento y cuidado del menor, que antes era de 16 semanas y ahora será de 19 semanas para cada progenitor, totalmente intransferibles. Este incremento cumple con las exigencias europeas, y además supera algunas recomendaciones internacionales como las de la OIT.
De estas 19 semanas, dos que además son de las retribuidas, pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla ocho años, mientras que la otra que cubre el 100% de la base de cotización, debe disfrutarse durante el primer año de vida del bebé. Esto permite a las familias adaptar el permiso a momentos clave del desarrollo del niño: el inicio del colegio, una mudanza, un tratamiento médico… La idea es que los cuidados no estén limitados únicamente al posparto, sino que puedan distribuirse a lo largo de los primeros años.
En el caso de familias monoparentales, el permiso se amplía todavía más: hasta 32 semanas en total, de las cuales cuatro se pueden reservar para usarse más adelante. Esto equipara, al menos parcialmente, la situación de estos hogares con los que cuentan con dos progenitores, y reconoce una realidad cada vez más presente en nuestra sociedad.
¿Y cuánto se cobra exactamente durante estas semanas?
Las semanas retribuidas se pagan al 100% de la base reguladora del trabajador, lo que significa que vas a seguir cobrando como si estuvieras trabajando.
En la práctica, eso quiere decir que si tu base de cotización mensual es, por ejemplo, de 1.500 euros, eso es lo que cobrarás por cada una de esas semanas. Sin reducciones ni porcentajes. En el caso de los autónomos, se aplicará la base por la que estén cotizando, siempre que estén al día en el pago de sus cuotas.
Requisitos para solicitarlo: ¿puedo acceder a este permiso?
Como ocurre con casi todas las prestaciones, hay que cumplir ciertos requisitos. El primero es estar dado de alta en la Seguridad Social, ya sea en el Régimen General o como autónomo. A eso se suma un mínimo de cotización, que varía según la edad del solicitante:
- Si tienes menos de 21 años, no se exige ningún periodo de cotización.
- Entre 21 y 26 años, necesitas haber cotizado al menos 90 días en los últimos 7 años, o 180 en total.
- Si tienes más de 26 años, deberás haber cotizado 180 días en los últimos 7 años, o 360 en total.
Además, tendrás que presentar la solicitud en el INSS dentro de los plazos establecidos (generalmente 15 días hábiles desde el nacimiento, adopción o acogida) ya sea vía telemática o de modo presencial, y aportar la documentación necesaria: DNI, libro de familia o certificado de nacimiento, y un certificado de empresa si se requiere. También debes informar a tu empresa con antelación, sobre todo si deseas fraccionar o adaptar el permiso.
En resumen, no es un trámite especialmente complejo, pero sí conviene tener todos los papeles listos y respetar los tiempos para no perder el derecho a cobrar.