Salvados por Hacienda: estas personas se despiden de pagar impuestos y podrías estar en la lista

En el ejercicio fiscal del año 2023, los jubilados con ingresos anuales inferiores a 12.900 euros no van a estar obligados a pagar el IRPF. Además, se aplicarán deducciones y reducciones de impuestos para aquellos jubilados que superen esta cantidad.
Quién se libra de pagar a Hacienda
Las pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, ya sea de la Seguridad Social o de entidades sustitutivas, van a estar exentas de tributación. Este beneficio se mantiene hasta que el beneficiario alcance los 65 años, momento en el que la pensión cambia de denominación a jubilación, también exenta de tributación.
Las pensiones de orfandad y las derivadas de actos de terrorismo, incluyendo las de viudedad, van a estar exentas de tributar en el IRPF. Además, las prestaciones en favor de familiares menores de 22 años también gozarán de esta exención.
La venta de la vivienda habitual por parte de jubilados mayores de 65 años también recibirá un tratamiento especial, y también estarán eximidos de gravar la ganancia obtenida. También se exime de tributación a las ganancias patrimoniales de ventas destinadas a constituir una renta vitalicia a favor del contribuyente, con un límite máximo de 240.000 euros. En relación con la vivienda, los jubilados podrán beneficiarse de menores tasas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en algunos municipios, llegando en algunos casos al 75%.
En cuanto a los planes de pensiones individuales, el límite de aportación se reduce a 1.500 euros, permitiendo deducciones de hasta este importe en la declaración de la renta de 2023. Donaciones, alquiler y cuotas pagadas a sindicatos también pueden ser deducibles. Además, en algunas comunidades autónomas, los jubilados podrían quedar exentos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y el IVA puede no aplicarse a ciertos bienes y servicios relacionados con la sanidad, la cultura, la educación o la vivienda adquiridos por jubilados.