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Nuevo palo de Hacienda a miles de españoles a principios de noviembre

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Ahora que ha comenzado el mes de noviembre, miles de españoles deben estar muy atentos a sus cuenta bancarias porque Hacienda les pasará un cargo en los próximos días. Se trata del segundo pago de la declaración de la Renta 2022, que corresponde al 40% del total.

Segundo pago de la declaración de la Renta

La campaña de la Renta finalizó el 30 de junio, y todos aquellos contribuyentes a los que les salió a pagar tenían la posibilidad de fraccionar el pago en dos partes. El primero (60%) se hizo justo al finalizar la campaña, a finales del mes de junio, mientras que el segundo (40%) se hará esta semana.

No realizar el segundo pago de la Renta conlleva una multa de 200 euros, ya que se considera una falta leve. Si se pasa la fecha de pago pero se abona la cuantía correspondiente antes de recibir una carta de la Agencia Tributaria, el recargo es del 5%. En caso de realizar el pago después de recibir la ‘carta del miedo’, el recargo asciende al 10%.

Si a pesar de las notificaciones los contribuyentes continúan sin pagar, la sanción se incrementa un 20% sobre esa deuda más un interés de demora del 3.75% del total adeudado.

Hacienda simplifica el lenguaje en sus documentos

Por otro lado, la Agencia Tributaria ha iniciado el compromiso establecido en el Plan Estratégico 2020-2023 de simplificar el lenguaje con el objetivo de mejorar la comunicación con los contribuyentes. Esta medida tiene como fin eliminar las barreras de comprensión y reducir las cargas administrativas indirectas para los ciudadanos, facilitando así el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.

Con este objetivo, la Agencia Tributaria ha realizado modificaciones en hasta ocho modelos de comunicación y notificación utilizados por diversas áreas de la AEAT en sus documentos más comunes. Estas revisiones, que se implementarán de forma gradual en los próximos meses, afectan a más de 3,7 millones de documentos emitidos anualmente.

Las modificaciones incluyen los requerimientos de documentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las propuestas de liquidación y las liquidaciones provisionales de dicho impuesto. También abarcan las diligencias de embargo relacionadas con deudas de terceros, ya sean de créditos o de salarios y pensiones.

Además, se aplican a las declaraciones en Aduana por importaciones de pequeño valor, especialmente aquellas relacionadas con compras por internet. También se han revisado los documentos de representación y los documentos de derechos y garantías del contribuyente que acompañan a algunos de estos documentos.

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