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Recurren la sentencia de Bankia porque sólo el consejo y el auditor pueden avalar sus cuentas

La asociación Aemec dice que la posibilidad de avalar las cuentas es exclusiva de los administradores de la entidad y del auditor. Considera que las conclusiones de la sala se basan en una "valoración arbitraria y gravemente errónea".

Bankia.
Bankia.

Dos de las acusaciones que estuvieron presentes en el caso Bankia y en el juicio de la entidad cuya sentencia se dio a final de septiembre han recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional absolutoria. Esta sentencia absolvía después de ocho años de iniciado el procedimiento a los 34 acusados por la salida a Bolsa de Bankia. Entre los acusados se encuentra Rodrigo Rato, que ya se encuentra en la cárcel por el caso de las ‘tarjetas black’ también de Bankia.

Aemec y Bochner España, las dos organizaciones que han recurrido, dicen que se trata de un relato «erróneo» con «déficit de motivación» y que el problema es que se parte de la base de que Banco de España y CNMV validaron las cuentas de Bankia cuando realmente la potestad para hacerlo solo era del consejo de administración y del auditor Deloitte.

La sección tercera de la sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que ha designado como ponente al Leopoldo Puente, ha dado traslado de los documentos a las partes que van a tener hasta el 8 de enero para presentar un escrito de oposición.

La Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) pide en su recurso que se anule el veredicto de los jueces de la Audiencia Nacional. El objetivo ahora es que dicten uno nuevo  lo «suficientemente» motivado.

«Aserto erróneo»

En el escrito se dice que la sentencia de la Audiencia Nacional que se conoció el pasado 29 de septiembre, partió de un «aserto erróneo» al considerar que el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sí que avalaban los estados contables, pero que esta premisa no es sostenible ni según lo que dice  la Ley de Sociedades de Capital ni en la del Mercado de Valores.

La sección cuarta de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que fue también la que juzgó y condenó a los acusados por las tarjetas ‘black’ de Caja Madrid, la salida a Bolsa de Bankia fue legal. Lo fue porque tuvo el visto bueno de los organismos supervisores y también dispuso de un folleto que tenía «una amplia y certera» información para los inversores.

Fuera de sus competencias

Para Aemec, esta visión carece de «una motivación completa» al admitir que la CNMV dio por bueno el contenido del folleto pero esto no quiere decir que validara los estados contables, algo que estaba «fuera de sus competencias».

Para Aemec, garantizar los estados contables no es responsabilidad de la CNMV y el Banco de España sino responsabilidad exclusiva del auditor

Según Aemec, propiedad del bufete Cuatrecasas, garantizar los estados contables es «responsabilidad exclusiva» de los administradores de la entidad y del auditor. Por todo ello cree que las conclusiones de la sala se basan en una «valoración arbitraria y gravemente errónea» de las pruebas.

Aemec se basa especialmente en el peritaje de los inspectores del Banco de España cedidos al caso, Antonio Busquets y Víctor Sánchez Nogueras, cuyos informes fundamentaron la acusación de la Fiscalía Anticorrupción y fueron refutados por el tribunal.

El origen de la entidad

Aemec cree que en el propio origen de Bankia hubo puntos oscuros.

«La fórmula elegida para preparar la combinación de negocios tiene una evidente vocación de ocultación, detrayendo del conocimiento del mercado el verdadero alcance de los activos deteriorados de las cajas», manifiesta.

En el escrito, continúa diciendo que hubo «argucias contables que permitieron continuar pagando las preferentes, los bonos a los ejecutivos, retribución variable a los empleados e incluso las dotaciones de la obra social (…) todo sin salvedades por el auditor responsable de Bankia (Deloitte) y alejando los estados contables de la imagen fiel».

«Quien debía y podía haber detectado los errores es quien formula las cuentas»

En términos similares se expresa sobre las cuentas utilizadas por la entidad para saltar al parqué el 20 de julio de 2011, cuyas deficiencias -entre las que cita la «falsedad en las provisiones»- fueron «desdeñadas» por la Audiencia Nacional.

El estado real de Bankia, apunta Aemec, no fue trasladado al mercado, «generando una evidente fractura al derecho de los destinatarios de dicha información».

«Quien debía y podía haber detectado esos errores contables es quien formula las cuentas», esto es, «los miembros del equipo directivo» encabezado por Rato.

No se correspondía

Atendiendo a las cuentas del año 2011, Aemec afirma que arrojaron un beneficio de 309 millones de euros con el cual «mantener una apariencia de coherencia con los resultados publicados de cara a la salida a Bolsa».

En este punto alude a la dimisión de Rato como presidente de Bankia el 7 de mayo de 2012, una decisión que «vino motivada por la negación del auditor a avalar las cuentas presentadas por la entidad, que (…) eran falsas».

Prueba de ello la habría dado la reformulación acometida por el nuevo equipo de José Ignacio Goirigolzarri, que arrojó unas pérdidas de 3.000 millones, lo que muestra «cómo los miembros del (anterior) Consejo aparentaron una situación de solvencia que en nada se correspondía a la realidad», informa Efe.

Por último, Aemec señala la jurisprudencia civil del Tribunal Supremo, que en las demandas presentadas por los inversores que acudieron a la salida a bolsa manifestó que el folleto «era inexacto».

Conformidad por teléfono

Bochner España da argumentos nuevos a los de Aemec y dice que la sentencia además de todo tiene una posible infracción de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), ya que consta que una de las magistradas, Teresa Palacios, dio su conformidad por vía telefónica.

Aunque había un tercer recurso anunciado, una vez expirado el plazo los de Aemec y Bochner han sido los únicos formalizados ante el Supremo.

Tanto la Fiscalía Anticorrupción como el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), el resto de acusaciones y las defensas, ya habían decidido antes acatar la sentencia.

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