Palo a la Seguridad Social: una mujer consigue jubilarse a los 56 años cobrando 2.000 euros al mes
Un proceso iniciado en 2020 y que le permitirá cobrar 2.070 euros al mes
Adiós a las bajas laborales: así afectarán los cambios a partir de ahora
Aviso importante si cobras esta pensión: va a cambiar y no te esperas lo que llega

A lo largo de los años, las condiciones para acceder a la jubilación han sido objeto de debates y revisiones constantes. Muchos trabajadores enfrentan dificultades cuando intentan adelantar su retiro, especialmente si no cumplen con los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha supuesto un golpe para el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que ha reconocido el derecho de una mujer a jubilarse a los 56 años con una pensión de 2.070 euros al mes. Esta resolución sienta un precedente importante para aquellos trabajadores con discapacidad que han cotizado durante décadas.
El caso ha generado un gran revuelo, ya que inicialmente el INSS denegó la pensión alegando que la mujer no cumplía con los requisitos establecidos. La afectada, que padece una sordera bilateral desde la infancia, había trabajado durante casi 36 años en condiciones adaptadas a sus limitaciones. Su discapacidad fue reconocida oficialmente en 1988 con un 51% y, posteriormente, en 2006 con un 68%. La negativa del INSS se basaba en que el porcentaje de discapacidad no alcanzaba el umbral requerido en el momento en que inició su vida laboral, una argumentación que finalmente fue desestimada por la Justicia. Este caso ha puesto en relieve las dificultades que muchas personas con discapacidad enfrentan al solicitar prestaciones sociales, a pesar de haber trabajado durante décadas en situaciones adversas. Conozcamos al detalle qué ha ocurrido y cómo ha sido la sentencia que ha hecho que esta mujer consiga jubilarse a los 56 años cobrando 2.000 euros al mes.
Una mujer consigue jubilarse a los 56 años cobrando 2.000 € al mes
La resolución judicial pone en evidencia la importancia de considerar el historial de una persona con discapacidad a lo largo de toda su trayectoria laboral. La demandante había cotizado casi 36 años y medio, desempeñando su actividad con limitaciones derivadas de su condición. En 2020, solicitó la jubilación anticipada basándose en la legislación vigente para personas con discapacidad superior al 65%.
El INSS rechazó su petición alegando que su grado de discapacidad del 68% solo se reconoció oficialmente en 2006, por lo que no se podía aplicar de forma retroactiva a los años anteriores de cotización. Sin embargo, el Juzgado de lo Social n.º 2 de Vitoria-Gasteiz dio la razón a la trabajadora, argumentando que la discapacidad existía desde su nacimiento y que el reconocimiento administrativo de 2006 solo oficializaba una condición preexistente. Por tanto, debía aplicarse a todo su período laboral. Esta decisión resulta especialmente relevante porque subraya la necesidad de revisar los procedimientos administrativos para garantizar que los trabajadores con discapacidad no sean penalizados por cuestiones burocráticas. Además, se trata de una victoria legal que refuerza el derecho a la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y en el acceso a prestaciones sociales.
Desestimado el recurso del INSS
Tras la decisión inicial favorable a la mujer, el INSS interpuso un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, insistiendo en su postura de que no se cumplían los requisitos legales para conceder la jubilación anticipada con el 100% de la base reguladora.
No obstante, el Tribunal rechazó este argumento y confirmó la sentencia a favor de la demandante, considerando que la discapacidad de la mujer estuvo presente desde antes de su ingreso al mercado laboral. Aplicando los coeficientes reductores del Real Decreto 1539/2003, el fallo determina que la trabajadora cumple con las condiciones para percibir una pensión de 2.070 euros mensuales, con efectos retroactivos desde diciembre de 2020.
Un precedente para otros trabajadores con discapacidad
El caso ha puesto de manifiesto la importancia de una correcta aplicación de la normativa en materia de discapacidad y jubilación. El hecho de que una trabajadora con una discapacidad reconocida de más del 65% haya tenido que acudir a la justicia para ver reconocido su derecho ha generado un debate sobre la rigidez de los criterios empleados por la Seguridad Social.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco podría abrir la puerta a que otros trabajadores en situaciones similares puedan acceder a la jubilación anticipada sin tener que enfrentarse a largas batallas legales. De hecho, diversos colectivos han celebrado la decisión, ya que supone un paso adelante en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad dentro del ámbito laboral. No obstante, también deja en evidencia las barreras que muchas personas deben superar para acceder a sus derechos, lo que indica la necesidad de reformas estructurales en los criterios de evaluación del INSS. Es un recordatorio de que la interpretación de la ley debe ser flexible y justa, especialmente cuando se trata de garantizar el bienestar de colectivos vulnerables.
¿Podrá la Seguridad Social modificar su criterio en el futuro?
A la luz de este fallo judicial, cabe preguntarse si la Seguridad Social revisará su criterio en casos similares o si continuará aplicando una interpretación restrictiva de la normativa. La realidad es que el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad sigue siendo un tema complejo, con numerosas trabas burocráticas que dificultan el reconocimiento de este derecho.
Por ahora, la mujer de 56 años que logró su jubilación anticipada con una pensión de 2.070 euros mensuales ha demostrado que la justicia puede estar del lado de los trabajadores. Su caso podría ser un precedente clave para aquellos que buscan acceder a una pensión digna tras años de esfuerzo y cotización, independientemente de los argumentos restrictivos del INSS. No obstante, también subraya la necesidad de revisar los procedimientos administrativos y las políticas de inclusión laboral para evitar que situaciones similares se repitan en el futuro. En definitiva, este fallo es un avance importante en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y podría marcar el camino para futuras resoluciones judiciales en esta materia.