CONSUMO

La multa que pueden poner a bares y restaurantes por desperdiciar la comida sobrante

Esta es la multa que impondrá el Gobierno a los bares y restaurante que tiren la comida sobrante

multa comida
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

Llega una nueva multa del Gobierno para los bares y restaurantes de nuestro país. Los dueños de los establecimientos que tiren la comida sobrante a la basura se exponen a multas de hasta medio millón de euros, según lo establecido en la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que entró en vigor el pasado 2 de abril. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la multa a los restaurantes por tirar la comida a la basura.

La hostelería es uno de los grandes motores de nuestro país y, a pesar de ser uno de los puntos fuertes en lo económico, este sector sigue sufriendo la persecución de un Gobierno a la deriva. La última tiene que ver con la entrada en vigor de la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que llega con multas de entre 2.000 euros y medio millón de euros a los propietarios de los bares y restaurantes que tienen comida a la basura.

Esta norma obligará a la hostelería española a contar con un plan de prevención y obligará, a base de multas, a priorizar la donación de excedentes antes de tirarlos a la basura. Todo con el objetivo de reducir el 50% el desperdicio per cápita en hogares y puntos de venta como pueden ser bares o restaurantes. Según se puede leer en la Ley 1/2025 publicada en el Boletín Oficial del Estado, su objeto es «la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria».

La multa por tirar la comida

La Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, pone el foco en los agentes de la cadena alimentaria que tendrán que llevar a cabo una jerarquía de propiedades con el fin de que los alimentos sobrantes no acaben eliminándose en un vertedero.

Desde el 2 de abril, los excedentes de los bares y restaurantes tendrán que ir de forma obligatoria a los bancos de alimentos u organizaciones no gubernamentales y, en caso de rechazo, se destinará a «otros tipos de redistribución para consumo humano, para transformación, alimentación animal, piensos o biogás». También se tendrá que ofrecer la posibilidad a los clientes que no hayan terminado su plato de llevarse los sobrantes a casa en envases que proporcionará el bar o restaurante en cuestión.

De esta forma, la jerarquía que tendrán que seguir los bares y restaurantes desde el 2 de abril es la siguiente:

  1. Consumo humano (obliga a ofrecer un envase)
  2. Donación a bancos de alimentos u organizaciones no gubernamentales.
  3. Alimentación animal o fabricación de piensos.
  4. Destinados a crear compost, biogás o fertilizantes.
  5. Eliminación en el vertedero.

El BOE también informa de las multas que recibirán los establecimientos que no cumplan con estas obligaciones. «A los efectos de esta ley, y sin perjuicio de lo que disponga otra normativa sectorial de aplicación, las sanciones a imponer por la autoridad competente en su ámbito correspondiente serán», afirma el BOE, que también enumera las penas económicas, que son las siguientes:

  • Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 2.000 euros.
  • Las infracciones graves serán sancionadas con multa entre 2.001 y 60.000 euros.
  • Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa entre 60.001 y 500.000 euros.

Para evitar incurrir en estas sanciones y ante la más mínima duda, lo más recomendable es que los dueños de bares y restaurantes en España consulten la guía que ofrece la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).

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