Aire acondicionado

Hasta 3.000 € por tener el aire acondicionado en la fachada: la multa es oficial y el Gobierno lo ha confirmado

aire acondicionado fachada
Blanca Espada

Durante años, ver un aire acondicionado colgado en una fachada ha sido de lo más normal en España. Especialmente en ciudades donde el calor aprieta, pocas viviendas se libran de tener la unidad exterior asomando a la calle  e incluso más de una. De este modo, y durante años, ha sido algo asumido, casi inevitable, y tampoco generaba demasiados conflictos más allá de algún comentario puntual entre vecinos. Sin embargo parece que la normativa al respecto es bastante clara y sí, que el aire acondicionado esté en la fachada puede ser motivo de multa, y además, una elevada.

Puede que tu edificio sea uno de esos en los que todavía hay algún aire acondicionado en la fachada, pero lo cierto es que poco a poco las las normas se han ido aplicando con más rigor y lo que antes pasaba sin problemas ahora empieza a revisarse con lupa. No es que hayan cambiado de golpe las leyes, pero sí la forma en la que se controlan este tipo de instalaciones, sobre todo desde los ayuntamientos. Y aquí es donde llegan las sorpresas. Porque colocar un aparato sin cumplir ciertos requisitos puede acabar en multa y en algunos casos, incluso de hasta 3.000 euros, además de tener que retirarlo. Algo que muchos propietarios desconocen hasta que reciben el aviso de modo que conviene saber el porqué de la sanción y que se debe hacer para evitarla.

Por qué tener el aire acondicionado en la fachada puede acabar con una multa

Una de las claves está en algo que a veces se pasa por alto y es que la fachada no es de cada vecino, sino que es un elemento común del edificio. Esto lo recoge la Ley de Propiedad Horizontal, y tiene más importancia de la que parece.

Traducido a la práctica, significa que nadie puede modificar esa parte del edificio por su cuenta, de modo que colocar un aire acondicionado visible sin permiso puede considerarse una alteración del conjunto de la fachada, y ahí es donde empiezan los problemas. En estos casos, la comunidad de vecinos puede intervenir así que no es raro que, si hay desacuerdo, el asunto termine en una reclamación formal. Y eso puede acabar en una orden para retirar el aparato, además de asumir los gastos que se generen.

Lo curioso es que estas reclamaciones no siempre llegan justo después de la instalación. A veces pasan años hasta que alguien decide actuar, lo que genera bastante incertidumbre entre quienes pensaban que no iba a pasar nada.

El Ayuntamiento también puede multarte, incluso con permiso de la comunidad

Aquí viene otra parte importante que no todo el mundo conoce y es que aunque la comunidad de vecinos haya dado su aprobación, el Ayuntamiento puede actuar igualmente si detecta que la instalación no cumple con la normativa municipal. Es decir, que no hace falta que haya denuncia sino que basta con que un inspector vea el aparato desde la calle para que se abra un expediente. Y a partir de ahí, el proceso sigue su curso.

Las consecuencias suelen ser bastante claras. Por un lado, una sanción económica que puede ir subiendo según la gravedad del caso. En los supuestos más serios, puede alcanzar los 3.000 euros. Por otro, la obligación de retirar el aire acondicionado y dejar la fachada como estaba.

Ruido, seguridad y normativa

Aunque muchas veces se piensa que todo esto tiene que ver sólo con la imagen del edificio, hay más factores detrás. La estética influye, sí, sobre todo en zonas históricas, pero no es lo único. La seguridad es uno de los puntos clave. Un aparato mal instalado puede acabar cayendo a la calle, y eso es un riesgo evidente. Por eso las exigencias técnicas son cada vez mayores.

También está el tema del ruido ya que los compresores tienen límites, especialmente por la noche, y si se superan pueden dar lugar a sanciones tras una medición. Lo mismo ocurre con el agua que generan estos equipos. Tirarla directamente a la vía pública está prohibido en muchos municipios.

Dónde sí se pueden colocar y qué tener en cuenta

En la práctica, la mayoría de normativas coinciden en algo y es que los aparatos no deberían verse desde la calle. Por eso se recomienda instalarlos en patios interiores, azoteas o zonas menos visibles. Si sobresalen de la fachada o rompen la estética del edificio, es cuando empiezan los problemas. Incluso en edificios sin protección especial, esto puede ser motivo de sanción.

Por eso, antes de instalar uno, conviene revisar bien las normas y hablar con la comunidad. Puede parecer un trámite más, pero evita sustos después. Al final, lo que durante años se ha hecho sin demasiadas complicaciones ahora está mucho más vigilado. Y en ese cambio, muchos propietarios se están encontrando con una realidad distinta a la que esperaban.

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