La ‘ley rider’ de Yolanda Díaz arranca con sólo el 20% de los repartidores contratados por su empresa
Este jueves entra en vigor la ley rider que tiene como objetivo obligar a las plataformas de reparto de comida a domicilio a contratar a sus repartidores como asalariados. Tras unas semanas bastante convulsas dentro del sector español, la realidad es que la ley impulsada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, tan solo ha logrado que en torno al 20% de los riders de nuestro país hayan sido contratados por su empresa.
Este porcentaje apenas representa alrededor de unos 5.000 repartidores del total de 29.300 que hay actualmente en España, de acuerdo con los datos difundidos por la patronal A Digital. Así, desde las principales asociaciones de riders de España consideran que la ley impulsada por Díaz, que no cuenta con el apoyo ni el consenso de los principales fracasos, «ha demostrado ser un fracaso».
Por otro lado, hay que tener en cuenta que de la cifra restante de riders españoles, «17.000 trabajadores se irán a la calle y se van a quedar sin ingresos este mismo mes de agosto», de acuerdo con las declaraciones recogidas por este diario de la Asociación Profesional de Riders Autónomos (APRA). ¿El motivo? La mayor parte de las plataformas han optado por subcontratar los servicios de los repartidores a través de terceros como una medida legal para sortear la nueva ley.
Este mismo miércoles UGT advirtió de que adoptará «las medidas legales necesarias» para garantizar el cumplimiento de la ley rider en caso de que las plataformas de reparto no se ajusten a la nueva normativa, que entra en vigor este jueves. El sindicato ha instado al Gobierno a «extremar la vigilancia» para evitar que el cambio regulatorio quede «en papel mojado». Y es que tal y como aseguraron a OKDIARIO fuentes cercanas a la Inspección de Trabajo, a partir de este jueves comenzarán a producirse más inspecciones las empresas vinculadas con el sector.
La ley
La norma es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats y Deliveroo. Sin embargo, una de las principales críticas ha sido que no cuenta con el apoyo y consenso de las empresas y empleados afectados.
La ley reconoce la presunción de laboralidad de los repartidores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.
Asimismo, la norma contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.
Desde la APRA, han explicado a OKDIARIO que «de nuevo queda demostrado que el modelo de autónomos es el más flexible tanto para el sector como para los repartidores, y posiblemente el único que permita garantizar con cierta estabilidad el futuro de ambos en España. Por otro lado, ningún ministerio ni sindicato se ha puesto en contacto con nosotros, por eso mismo decimos que no nos representan».