El Gobierno sube impuestos: cotizaciones sociales, IVA y Sociedades crecerán entre julio y enero de 2025
El Gobierno va a subir una buena cantidad de impuestos, y lo hará antes de que acabe el año porque es lo necesario para cuadrar el déficit. Ya ha anunciado cambios en el IRPF y esta semana una subida del IVA, que vuelve por sus fueros, pero las cotizaciones sociales también se verán afectadas a partir de enero.
La bajada del IVA del aceite al 0% hasta septiembre ha sido un espejismo, una suerte de juego de malabares fuertemente publicitado en un momento en el que, aunque en el sector agradece la medida, son todos conscientes de que llega tarde. Midiendo los tiempos, cuando el Gobierno dijo «bajamos el IVA para facilitar el acceso al aceite», desde el sector, Deoleo ya había dicho que «la crisis de los precios» se iba a ver detenida ante «los resultados de una muy buena cosecha». Por eso el Gobierno solo baja el IVA del aceite hasta septiembre. Después de septiembre, todo lo que el Gobierno tocó para «controlar la inflación» salta por los aires. Vuelven a colocar los tipos en su sitio, hasta alcanzar en enero del próximo año el 4% los alimentos de primera necesidad y el 10% las pastas y los aceites -menos el de oliva, que se quedará en el 4%-.
El problema de esta subida es que se ha producido una rebaja del ritmo al que crece la inflación gracias a la reducción de impuestos. Con esas bajadas, se trataba de poder decirle a Bruselas que a España le iba mucho mejor, pero no era real. Esa realidad se encontrará ahora con una bajada de tipos de interés, la sensación de que se puede volver a la senda del gasto -que suele incrementar precios- y, por supuesto, el aumento de precios que llevará aparejado que vuelva el IVA al lugar donde estaba. Es de entender que, en este caso, el Gobierno da por zanjada la crisis de precios, y vuelve a la recaudación. Además, algunos de sus miembros han pedido un impuesto que compense la bajada en la recaudación de impuestos de algunos productos.
Impuesto de Sociedades
Por eso mismo, por recaudación, el Impuesto de Sociedades ha cambiado. Para ser precisos, se añade un tipo complementario al impuesto que ya existía en España, y que busca que las empresas paguen el 15% sin importar dónde se tribute. Es decir, si una de tus filiales paga en un país menos del 15%, el país donde esté ubicada la matriz podrá cobrarte el restante.
Como lo está imponiendo Europa, la idea es que entre países no se hagan dumping fiscal. Si Irlanda te cobra un 3% o un 8%, le puedes reclamar a la matriz lo que falta.
Según Hacienda, esto afectará a 126 multinacionales con matriz española y a 707 grupos internacionales con matriz extranjera y filial española. La idea es que no se escape un euro en los países de origen, o que la filial tribute lo que le toca, íntegramente, donde toque. Cada uno con su saco.
Lo cierto es que esto, cuando de verdad se implemente en todos los países firmantes, o bien lleva a una relocalización de las empresas fuera, o se ponen aranceles también para evitar que eso pase.
Lo cierto es que todo subirá con el IVA -justifiquen como quieran-, igual que hay estudios que hablan de subidas de precios en las empresas para compensar los incrementos impositivos.
Por último, está el asunto de las cotizaciones sociales. Ya subieron este 2024, y van a volver a hacerlo, por dos razones: por necesidad, y porque para eso existe un mecanismo automático.
La llamada ‘cuota de solidaridad’
La cuota de solidaridad es una cotización adicional que no tiene carácter contributivo, sino redistributivo. Es un concepto curioso si tenemos en cuenta que, en lo tocante a las cotizaciones laborales, hasta ahora siempre habían sido contributivas.
La diferencia es que esta cuota sirve para «compensar la desigualdad», de manera que si te toca pagarla es porque se entiende que cobras un sueldo alto y no contará para tu pensión. No entra en la base reguladora. En realidad se parece mucho más a un impuesto que a las habituales cotizaciones. Se trata de que, cuando la generación del ‘babyboom’ se retire, haya dinero suficiente, por lo que se paga esta cuota en función del exceso de los rendimientos del trabajo por cuenta ajena.
Se calcula sobre la base máxima de cotización establecida en los Presupuesto Generales del Estado, y cada año, sobre ese máximo, tributará por la variación de la inflación más 1,2 puntos adicionales. En años de inflación elevada puede ser una cantidad importante.
El caso es que esta cuota comienza a aplicarse en 2025 en tres tramos: un 0,92% de cotización adicional para la parte de salario comprendida entre la base máxima y un 10% superior a esa base máxima; un 1% para el tramo de salario situado desde el 10% adicional de la base máxima hasta el 50%; y un 1,17% para el tramo de retribución por encima del 50% adicional de la base máxima.
Y a eso, habría que añadir, en caso de que esto no sirviera para cumplir con el objetivo de déficit del 3% pactado con Bruselas, una cláusula automática que se aplicaría a todas las cotizaciones, y que hará que suban el próximo año.
Así que si pese al incremento de la recaudación, el gasto sigue siendo mayor y España supera el 3% de déficit, Bruselas nos obligará a aplicar esa cláusula, y además nos sancionará por incumplir el mismo déficit en 2023 -que hasta ahora nos tiene perdonado-.