La ayuda de la banca se aplicará sólo a las hipotecas que se revisen a partir de este mes
La banca propone al Gobierno extender el plazo de las hipotecas que se encarezcan más de un 30%
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La banca ha propuesto al Ministerio de Asuntos Económicos ayudar a las familias alargando el plazo de sus hipotecas en aquellos casos en que se encarezcan al menos un 30% tras su revisión por el alza del euríbor y que los ingresos del domicilio no superen los 24.318 euros al año. Sin embargo, esto sólo afectaría a los hipotecados que revisen su préstamo a tipo variable a partir de este mes.
En concreto, el índice registró una media mensual del 2,233% en septiembre. Por lo tanto, los clientes que tengan que revisar el tipo de su hipoteca variable en octubre sufrirán un aumento de sus cuotas superior al 30%, puesto que se calculará con el euríbor del mes anterior. Así, teniendo en cuenta una hipoteca media a tipo variable de 100.000 euros con un plazo de 25 años, un interés de euríbor más 1% y revisión anual, el hipotecado pasará de pagar una cuota mensual de 355 euros a 486 euros, lo que supone un incremento del 36,9%.
Esto se debe a que en septiembre de 2021 el euríbor se situó en -0,492%, por lo tanto, hasta ahora se le aplicaba a la citada hipoteca un interés del 0,508% y su cuota mensual era de unos 355 euros. Mientras que el euríbor cerró en septiembre en el 2,233%, por lo que el hipotecado pagará un interés del 3,233% (al sumar el diferencial del 1%) y su cuota mensual subirá hasta los 486 euros.
En este sentido, si se tiene en cuenta el mismo ejemplo, las hipotecas que se hayan revisado en septiembre actualizándose con la media mensual del euríbor en agosto, han sufrido un encarecimiento de casi el 23%. Mientras que las revisadas en agosto con el euríbor de julio se han encarecido más de un 19%.
Alargar el plazo
Este miércoles, la banca ha propuesto al Ministerio de Asuntos Económicos que los clientes puedan alargar el plazo de sus hipotecas si se encarecen al menos un 30% tras su revisión por el alza del euríbor y siempre que los ingresos del domicilio no superen los 24.318 euros al año. Esta cifra de ingresos netos equivale a tres veces el IPREM, el indicador público de renta de efectos múltiples, en 14 pagas y será una de las principales condiciones para poder acogerse al nuevo Código de Buenas Prácticas que el Gobierno quiere aprobar ante la subida de las hipotecas.
La banca sostiene que al alargar el plazo del préstamo, la carga financiera se verá reducida de forma inmediata, lo que supondrá un alivio para el hipotecado. Sin embargo, hay que tener en cuenta que al ampliar el plazo del préstamo se generarán intereses durante más tiempo, por lo que se pagará más por el mismo crédito.
Según el borrador del real decreto-ley, esta propuesta se podrá aplicar a las hipotecas a tipo variable firmadas a partir de 2012 para la compra de una primera vivienda. Otro de los requisitos es que el préstamo hipotecario, una vez revisado por el repunte del euríbor, consuma al menos el 40% de los ingresos de la familia, lo que se considera un nivel de alto endeudamiento, superior al 30-33% recomendable.
Ayuda voluntaria
A este Código de Buenas Prácticas podrán acogerse de manera voluntaria las entidades que así lo deseen. No obstante, éstas también pueden ir más allá con sus propios clientes, buscando otro tipo de soluciones para cada hipotecado.
Tanto el hipotecado como el propio banco pueden exigir que esta medida quede recogida en escritura pública mediante una novación de la hipoteca y el coste de registrar este cambio correrá a cargo de quien lo solicite.
En principio, las entidades que se acojan al nuevo Código de Buenas Prácticas lo harán por un plazo de un año y se comprometen a informar adecuadamente en las oficinas y en sus propias webs a los clientes que hayan incumplido el pago de alguna cuota hipotecaria o manifiesten dificultades en el abono del préstamo.
Una vez acordada la ampliación del plazo de la hipoteca y hasta su vencimiento final, el principal pendiente del préstamo continuará amortizándose mediante las nuevas cuotas, ajustadas al nuevo plazo de vencimiento, y continuará devengando el interés que corresponda.
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