La banca propone al Gobierno extender el plazo de las hipotecas que se encarezcan más de un 30%
La banca ha planteado al Ministerio de Asuntos Económicos ayudar a las familias alargando el plazo de sus hipotecas en aquellos casos en que los préstamos se encarezcan al menos un 30% tras su revisión por el alza del euríbor y siempre que los ingresos del domicilio no superen los 24.318 euros al año. Esta cifra de ingresos netos equivale a tres veces el IPREM, el indicador público de renta de efectos múltiples, en 14 pagas y será una de las principales condiciones para poder acogerse al nuevo Código de Buenas Prácticas que el Gobierno quiere aprobar ante la subida de las hipotecas.
Al alargar el plazo del préstamo, la carga financiera se vería inmediatamente reducida, una medida de alivio que, según el borrador del real decreto-ley, se aplicará sobre hipotecas a tipo variable firmadas a partir de 2012 para la compra de una primera vivienda. Otro de los requisitos es que el préstamo hipotecario, una vez revisado por el repunte del euríbor, consuma al menos el 40% de los ingresos de la familia, lo que se considera un nivel de alto endeudamiento, superior al 30-33% recomendable.
Como sucedió en el pasado, la idea es que el Gobierno apruebe ese Código de Buenas Prácticas al que se acogerán de manera voluntaria las entidades que así lo deseen, con independencia de que algunas de ellas quieran ir más allá con sus propios clientes, buscando soluciones estudiando caso a caso. Tanto el hipotecado como el propio banco pueden exigir que esta medida de alivio quede recogida en escritura pública mediante una novación de la hipoteca y el coste de registrar este cambio correrá a cargo de quien lo solicite.
En principio, las entidades que se acojan al nuevo Código de Buenas Prácticas lo harán por un plazo de un año y se comprometen a informar adecuadamente en las oficinas y en sus propias webs a los clientes que hayan incumplido el pago de alguna cuota hipotecaria o manifiesten dificultades en el abono del préstamo.
Las entidades que concedan estas medidas de alivio informarán al Banco de España de ello y las escrituras de formalización de las novaciones de hipotecas al amparo del real decreto pendiente de aprobación quedarán exentas del pago del impuesto de actos jurídicos documentados. Los derechos arancelarios notariales y registrales derivados de la firma e inscripción de estas medidas de alivio correrán a cargo del banco, pero se bonificarán en un 50 por ciento.
Una vez acordada la ampliación del plazo de la hipoteca para reducir la carga financiera y hasta su vencimiento final, el principal pendiente del préstamo continuará amortizándose mediante las nuevas cuotas, ajustadas al nuevo plazo de vencimiento, y continuará devengando el interés que corresponda. En cualquier caso, la cuota resultante de la novación no será inferior a la última existente antes de la revisión del tipo de interés variable y el plazo de amortización no podrá ser superior a 40 años desde la fecha de concesión inicial del préstamo.