Archivada la denuncia contra Restalia: crónica de un batacazo judicial anunciado
Derrota judicial a los denunciantes por "imputaciones sin ningún tipo de fundamento"
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El magistrado de Instrucción número 52 de Madrid ha decretado el archivo de la denuncia de un grupo minoritario de ex franquiciados contra el grupo hostelero Restalia al no encontrar indicios de delito alguno. Según apunta el auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO y que es muy duro contra los querellantes, la denuncia contiene «un totum revolutum de imputaciones sin ninguna clase de fundamento, que no son sino valoraciones interesadas y muy subjetivas».
«La hipótesis delictiva de que todos los denunciados constituyen una organización criminal no supera el análisis más básico que se pueda realizar (…) y se obvia, por la razón que sea, el gran número de franquiciados de The Good Burger, 100 Montaditos, La Sureña o La Sureña Blue, que actualmente siguen abiertos al público, y pensemos que con una actividad económica lo suficientemente rentable como para mantenerse en el negocio», afirma el auto del juez.
El caso de la denuncia contra Restalia saltó a los medios de comunicación el pasado mes de junio -un año después de haberse interpuesto-, cuando se hacían eco de la denuncia de un total de 31 establecimientos franquiciados (de los 700 en funcionamiento) contra Restalia, varias de sus filiales y sus responsables. Se les denunciaba por organización criminal, estafa, coacciones y delitos informáticos, acusando a la compañía de haber actuado con engaño hasta llevarlos a la ruina económica al haberles presentado unos estudios de viabilidad irreales, y que «ocultaron de manera deliberada a los franquiciados la existencia de acuerdos con proveedores que suponían, en definitiva, que la franquicia resultase inviable».
Varapalo
El juez echa por tierra todas las argumentaciones esgrimidas por los bufetes encargados del caso, el abogado Rafael Franco y el bufete Cremades & Calvo. De esta forma, ve absurdo que se pueda imputar una estafa, como pedían los denunciantes, al hecho que el franquiciado deba ajustarse a unos precios de venta al público o adquirir unos productos específicos o a unos proveedores determinados, ya que es parte fundamental e intrínseca del propio modelo de franquicia. También ve «absurdo» que Restalia deba revelar a la otra parte cómo hace sus negocios con terceros, poniendo como ejemplo, parece que, de manera casi irónica, que un supermercado pueda cometer «una estafa contra el cliente consumidor que va a comprar un producto por no revelarle lo que ha pagado por ese producto al distribuidor o fabricante y así poner de manifiesto cuál es su ganancia».
En cuanto a los supuestos estudios irreales de viabilidad, el juez también es contundente en su respuesta. En primer lugar, dice que Restalia siempre ha sido clara en sus contratos explicando que se tratan de meras estimaciones, lo que no da lugar a engaño; que, como todo negocio, siempre se entra en un «ámbito de incertidumbre y variabilidad» y que, obviamente, los estudios presentados por la compañía se presentan en un escenario óptimo e ideal. Igualmente, entiende que, al tratarse de un contrato entre empresas (en este caso, entre Restalia y el franquiciado), se les supone una capacidad básica para entender las cifras presentadas.
Además, como el perito menciona en su informe, en los casos concretos de los denunciantes todos ellos se vieron afectados al poco de iniciarse la actividad de franquicia por la epidemia del Covid 19, «hecho este que por sí sólo es apto como para echar por tierra las expectativas más precisas y conservadoras de negocio, pues particularmente en el ámbito de la restauración, ya que la epidemia supuso una merma radical en sus facturaciones». «Lo que ha existido -explica el juez- son negocios que por múltiples causas no han funcionado, pero que escapan al control de la parte denunciada y que no constituyen un caso de responsabilidad penal de la misma».
Restalia emprenderá acciones
Por su parte, en un comunicado de prensa emitido a raíz de conocer el auto de archivo, el grupo Restalia manifiesta que «siempre ha mantenido que las informaciones vertidas sobre el procedimiento judicial faltaban gravemente a la verdad y que el único objetivo era dañar la imagen y reputación de una compañía comprometida de manera firme y constante con sus franquiciados». «El archivo del caso -apuntan- confirma que ni Restalia ni ninguno de sus directivos cometieron delito alguno, habiendo actuado siempre con plena sujeción a la ley».
Además, recalcan que nunca han sido parte del proceso ni llamados a declarar: «Ninguna de las empresas del Grupo ni sus empleados y/o directivos llegó a formar parte del procedimiento judicial pretendido ni recibió notificación alguna por parte del juzgado. Por ello, siempre ha estado en una posición de absoluta indefensión mientras se publicaban noticias filtradas por los interesados totalmente sesgadas que han causado un daño muy relevante, no sólo a Restalia, sino también a los cientos de franquiciados que mantienen sus negocios abiertos».
Del mismo modo, aseguran que emprenderán las acciones que consideren oportunas para reclamar los perjuicios ocasionados por esta «campaña de desprestigio», entre la que se encuentra la rueda de prensa organizada por los abogados y en la que participaron tres de los ex franquiciados denunciantes: Enrique Cebeira, Julián García Movellán y José Antonio Lombardía de Saint-Germain.
La compañía recuerda en el comunicado sus «22 años de experiencia ofreciendo oportunidades de emprendimiento a través de una fórmula empresarial que funciona, como así lo demuestra la extensa red de locales que opera bajo sus cinco marcas, tanto a nivel nacional como internacional», en un sector, como es el de la restauración organizada, que representa ya más del 31% del mercado de foodservices y emplea a más de 200.000 personas en nuestro país. Y añaden: «El crecimiento de las enseñas del Grupo desde su fundación ha sido sostenido, sorteando todas las crisis desde entonces, siendo actualmente la mayor compañía española a nivel nacional de restauración organizada».
El fracaso del proceso penal
El caso de Restalia no es el primero ni será el último caso de procedimientos penales que han iniciado los franquiciados contra las franquiciadoras, sin que ninguno de los mismos haya alcanzado éxito. De hecho, al juez le llama la atención que la denuncia de Restalia sea un calco a la denuncia contra la cadena de panaderías Granier, también archivada y cuyo abogado representante de los denunciantes era el propio Rafael Franco. Este caso fue iniciado en el año 2017, inicialmente archivado en 2018, pero la Audiencia Provincial lo reabrió y volvió a archivarse en 2020 tras la declaración de los administradores contra la que no cabe recurso.
El caso McDonalds, iniciado en 2016 por el despacho Cremades Calvo Sotelo contra Havi Logistics, -la compañía que realizaba la distribución de los productos de la compañía americana de comida rápida-, se archivó por el Juzgado de Instrucción núm. 17 de Madrid por no presentar indicios de delito, resolución que fue ratificada por la Audiencia Provincial. «Lo llamativo de este caso, y que es muy poco habitual, es que el despacho Cremades Calvo Sotelo se querelló contra los magistrados de instrucción y de la Audiencia por prevaricación judicial al entender que la resolución de archivo del caso era manifiestamente injusta», como recuerdan fuentes conocedoras del caso. El TSJ de Madrid archivó la querella contra los magistrados en noviembre de 2019.
Las denuncias contra las cadenas de supermercados DIA y Carrefour son constantes. La casuística es muy variada, aunque los delitos más habituales a los que trata de acudirse son los de estafa (por no cumplirse las previsiones de facturación que se entregan a los franquiciados cuando se entregan los estudios económicos) o los de coacciones (por el corte de suministros informáticos ante el impago de los royalties mensuales). Todos estas denuncias han sido archivadas. Burger King, Tecnocasa, Mail Boxes y otras cadenas también se han visto involucrados en procesos penales iniciados por sus franquiciados (supuestas estafas, coacciones por cortes de suministro, etc,) habiendo sido todos ellos archivados.
La única excepción sería la del caso al que se enfrentan Ernesto Colman (quien fuera propietario de la cadena de clínicas dentales Vitaldent) y una veintena de directivos de la compañía, que están incursos en un procedimiento penal en la Audiencia Nacional. El procedimiento se inició por denuncia del Ministerio Fiscal el 30 de marzo de 2015 por, entre otras cuestiones, delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales y se archivó en enero de 2016.
El Ministerio Fiscal recurrió ante el juzgado de Majadahonda y, para ello, presentó una prueba nueva, en este caso un informe de la Agencia Tributaria, que concluye que puede haber delito fiscal, por lo que se estimó el recurso. Es en ese momento cuando, aprovechando el proceso ya iniciado, se adhiere Rafael Franco como acusación particular, en febrero de 2016. El caso es de nuevo archivado por el magistrado Manuel García-Castellón en un auto de octubre de 2021, contra lo que el Ministerio Fiscal interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
«Querellas catalanas»
La clave de los sucesivos archivos y resoluciones anteriores radica en explicar que el franquiciado es un empresario independiente que ha de gestionar su propio negocio y, como tal, asume los riesgos propios de cualquier negocio, pandemia incluida. Es relevante destacar que, en muchos de los autos mencionados, se critica la opción de acudir a este tipo de procedimientos penales en lugar de acudir a la vía civil para la resolución de los conflictos que puedan surgir entre las marcas y los franquiciados.
Cuestión que el propio abogado Rafael Franco confirmó a un medios de comunicación a raíz de hacerse pública la denuncia contra Restalia, admitiendo que «es muy difícil ganar este tipo de casos. Tienes que pelear mucho en el ámbito penal, porque por lo civil hay pocas opciones». En el argot judicial son conocidas como querellas catalanas, un tipo de reclamaciones que buscan aprovecharse del sistema judicial para entorpecerlo y poder presionar a la parte denunciada para la obtención de ciertas pretensiones económicas ante el interés mediático que este tipo de casos suscita.
Si bien los conflictos existentes entre franquiciados y franquiciadores suelen tener impacto mediático por el reconocimiento de sus marcas, desde la Asociación Española de la Franquicia advierten de su baja litigiosidad (que se sitúa en un 0,09%), indicando que el sector de las franquicias es mucho menos conflictivo de lo que puede parecer por este tipo de noticias.
Próximos pasos
Ahora se prevé que los denunciantes recurran el archivo de este caso, enfrentándose así a un proceso que puede superar los cinco años. El recurso podrán hacerlo ante el propio juzgado (recurso de reforma), o ante la Audiencia Provincial (recurso de apelación).
Según fuentes jurídicas consultadas, el movimiento lógico es que recurran ante el propio juzgado y, una vez que el juzgado ratifique su decisión de archivo, recurran ante la Audiencia Provincial, lo que supondrá seguir alargando el proceso. Si se presenta recurso de reforma, se dará traslado a las partes y al ministerio fiscal, el juzgado de Madrid lo resolvería en un plazo de dos meses, en el mejor de los casos. Pero, en el caso de que el recurso se derive a la Audiencia Provincial u otra institución, la decisión puede alargarse más de cinco años y, a fin de cuentas, con todas las probabilidades de que el caso confirme su archivo, eso sí, previo desgaste judicial al que se enfrentarán los denunciantes que verán cómo sus intereses han sido en vano.