Robledo presentó la querella contra el exconseller del PP cuatro años después de la adjudicación de Calanova
Actuó contra Delgado al no llegar a un acuerdo con la concesionaria para seguir con la explotación del restaurante del puerto
El presidente de los restauradores de Baleares fue desahuciado por Armengol al negarsea a abandonar el restaurante
El Govern de Armengol defendió la concesión de Calanova y luego acusó penalmente al exconseller del PP
Pellón fue nombrada fiscal europea tras firmar su acusación contra el exconseller del PP Carlos Delgado
El empresario y presidente de la Federación Balear de Restauración, Alfonso Robledo, presentó la querella contra el exconseller del PP Carlos Delgado cuatro años después de la adjudicación del puerto de Calanova. Cuando no consiguió llegar a un acuerdo con la concesionaria del puerto para continuar con la explotación del restaurante, Robledo amenazó al socio de despacho de Delgado con presentar una querella. Como ya ha publicado OKDIARIO dijo que presentaría la querella si no convencía a la concesionaria para que le dejara continuar con la explotación. Delgado le recomendó a su socio que se fuera directamente al Juzgado de Guardia pero éste no le dio importancia y finalmente Robledo cumplió su amenaza.
En su declaración ante el juzgado Robledo dijo que lo había hecho porque
creía que era una “obligación de ciudadano”, una obligación que le surgió cuatro años más tarde de la adjudicación. Añadió que “no sabe lo que hubiera hecho si le hubieran renovado el contrato. Que se enteró de que no le iban a renovar en agosto de 2016 y que después se presentó la querella”.
La cronología de los hechos se remonta a 2011 con la entrada de Carlos Delgado en la Consellería de Turismo, el departamento del que dependía el puerto de Calanova.
Hasta ese año Alfonso Robledo tenía suscrito un contrato de servicios de
duración de un año, “prorrogable”, para la explotación del Bar-
Restaurante ubicado en el Puerto-Escuela de Vela Calanova. Ese contrato fue prorrogado, año tras año, durante más de diez años y por
los distintos titulares que hubo en la Consellería del Govern de la que
dependía el puerto de Calanova.
La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas sólo permitía
prórrogas de los contratos de “servicios” por un tiempo que no superase
el tiempo de duración del contrato inicial. (En este caso un año). Además, la ley como norma máxima y obligatoria en ese tipo de contratos
establecía que no podían pactarse contratos de más de cuastro años, que podían prorrogarse, pero en ningún caso podían rebasar los seis años en total.
Por otra parte, la explotación de una instalación (bar, cafetería, tienda, etcétera) que se encuentre en una propiedad de la Administración Pública (Ministerio, Ayuntamiento, Comunidad Autónoma…) y que se ceda a un particular, debía otorgarse mediante una “concesión” o mediante un Contrato Administrativo Especial, según reiterada jurisprudencia e informes de la Junta de Contratación Administrativa Estatal, nunca mediante un contrato de servicios.
Delgado conseller
En el año 2011, cuando Carlos Delgado asume la Consellería de Turismo,
de la que dependía Calanova, llegó la fecha en la que “habría” que
prorrogar el contrato un año más, pero fue advertido por el secretario de
la Conselleria de que dicho contrato y la prórroga eran contrarios a la Ley
de Contratos y que ni él ni los funcionarios avalaban la misma.
La prórroga no se concedió y Alfonso Robledo movió todo tipo de
influencias y presiones para que se hiciera, pero el conseller no cedió.
No obstante, la Consellería promovió un concurso nuevo para la
explotación del Bar-Restaurante del Calanova siguiendo lo establecido en la ley, mediante un contrato administrativo especial de cuatro años de duración, prorrogable por hasta cuatro años más “de mutuo acuerdo”.
Dicho contrato nuevo, tramitado en un concurso con concurrencia de
licitadores, fue adjudicado también a Alfonso Robledo por ser quien
ofreció mejores condiciones según las bases del concurso y el mejor canon
para la Administración (más del doble del que él mismo venía abonando
antes). Por otra parte, el año 2013 se adjudicó la concesión de todo el Puerto y Escuela de Vela Calanova, incluido el Bar-Restaurante, cuyo contrato de
cuatro años estaba obligado a respetar el concesionario por las bases de la
concesión.
Durante el tiempo de duración del contrato del restaurante en convivencia con el concesionario del Puerto hubo desencuentros entre las partes motivadas por las “molestias” de las obras que se hacían en el Puerto a causa del cumplimiento de los cambios prometidos en el concurso concesional y por los reiterados “incumplimientos” en las condiciones de su contrato por parte de Alfonso Robledo, intercambiándose ambas partes acciones judiciales.
El desahucio de Robledo
Una de ellas es la querella por delitos de daños y coacciones de 26 de enero de 2017 presentada por la concesionaria del puerto contra Alfonso Robledo Planet y Miguel Angel Galeote, que recayó en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Palma. En ella se narra, entre otras cosas, como el 16 de agosto de 2016
Alfonso Robledo presentó un escrito al Govern de Francina Armengol
intentando que no se autorizaran las obras de mejora de las instalaciones
del Calanova que formaban parte de los compromisos asumidos para la
obtención de la concesión.
El 22 de septiembre de 2016 el Govern de Francina Armengol le desestimó la petición indicándole que las obras se autorizarían condicionadas a que se respetara la actividad de su restaurante hasta el día 2 de enero de 2017, fecha en que se le extinguía su contrato de explotación del mismo (la querella presentada por Alfonso Robledo por el Calanova es de fecha 26 de enero de 2017). Finalmente, el 17 de octubre de 2016 Armengol aprobó definitivamente el proyecto de ejecución de las obras.
El 20 de diciembre de 2016 Alfonso Robledo envió un burofax a la
concesionaria en el que notificaba su intención de no entregar de forma
pacífica el establecimiento. Concluidos los cuatro años del contrato de explotación del restaurante Alfonso Robledo tuvo que ser desahuciado por el Govern de Francina Armengol.
Así consta en el punto 5.7. del acta del Consejo de Ports IB de fecha 8 de junio de 2017 donde se dice que se aprueba por unanimidad “declarar la extinción con efectos de 2 de enero de 2017 del contrato administrativo especial para la gestión y explotación del Bar-Restaurante de la Escuela Nacional de Vela Calanova y requerir a la entidad Portals Night SL (Robledo) al objeto de que en el plazo de ocho 8 días desde la recepción del presente acuerdo proceda al desalojo de las instalaciones”.
Durante la ejecución de las obras en el puerto sorprendió la actitud de
Alfonso Robledo al ordenar a un cerrajero cortar con una radial las vallas
de protección colocadas siguiendo las instrucciones del coordinador de
seguridad para garantizar la seguridad de los trabajadores, por lo que la
concesionaria tuvo que llamar a la Policía Local y denunciar los hechos
ante la Policía Nacional.
Durante esa época Alfonso Robledo iba pergeñando su “venganza” y se
personó en un recurso contencioso-administrativo que el segundo
licitador del puerto tenía interpuesto contra la adjudicación de la
concesión basándose en una “interpretación” errónea de las bases del
concurso.
Con esa personación adquirió toda la información precisa de las condiciones, trámites e interpretaciones del procedimiento administrativo
del concurso y una vez obtenidas (para usar posteriormente en la querella)
abandonó el contencioso-administrativo. En realidad fue expulsado por
falta de legitimación para litigar en un concurso donde no había
participado.
La querella
Y entonces, cuatro años después de la adjudicación del puerto y unos
pocos días después de la expiración de su contrato del restaurante, fue
cuando interpuso la querella que dio origen al caso Calanova, caso en el
que, según ya ha informado OKDIARIO la fiscal Laura Pellón firmó su escrito de acusación contra el exconseller seis días antes de firmar su contrato como Fiscal Europea Delegada.
Es de destacar que el Juzgado de Instrucción no admitió a Alfonso Robledo
como acusación particular, ya que ningún interés ni perjuicio se derivaba
para él en el procedimiento de adjudicación del Puerto. Sin embargo
Robledo, ante eso, se personó como acusación popular (la que puede
hacer cualquier ciudadano) para lo cual el Juzgado le exigió una fianza de
6.000 euros.
También es de destacar que Robledo no arriesga nada de su patrimonio si
las cosas no salieran a su gusto y hubiera posteriores reclamaciones o
responsabilidades por su actuación, ya que actúa por intermediación de
una empresa (Portals Night SL), que no tiene apenas capital, que no tiene
actividad, que no presenta cuentas al Registro Mercantil, que no paga a
Hacienda y que tiene deudas con el concesionario del puerto. Y a pesar de
ello la Justicia le permite acusar impunemente.