ARAGÓN

Absuelto en Aragón un hombre condenado por violación a su sobrina por «dudas relevantes»

El hombre fue condenado por la Audiencia de Zaragoza a siete años de prisión

Aragón absuelto violación
Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Paula Ciordia

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Aragón han absuelto a un hombre acusado de agresión sexual a su sobrina menor de edad ante las dudas «relevantes» de los hechos ocurridos. El hombre acusado de agresión sexual absuelto ahora en Aragón, fue acusado de ser el padre del hijo de su sobrina, aunque la joven no presentó la prueba de paternidad del recién nacido, pese a sostener que era fruto de la supuesta violación.

El tío de la joven acusado de violación recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que le condenaba a siete años de prisión al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que finalmente le ha absuelto con todos los pronunciamientos favorables, aunque la joven todavía puede recurrir al Tribunal Supremo.

Acusado de violación en Aragón

Según han expuesto los magistrados en la sentencia, «existen dudas relevantes sobre si ocurrieron los hechos. Dudas que incluyen también que hubiera existido la agresión sexual por la que el acusado es finalmente condenado, por la falta de prueba sobre la violencia e intimidación que la denunciante indica que existió». El TSJA acepta los hechos probados en la sentencia recurrida a excepción de la frase «sin el consentimiento de su sobrina», la cual dicen «se tendrá por no puesta».

Tal y como sostienen los magistrados, la declaración de la víctima ofrece dudas sobre la veracidad de su testimonio, puesto que durante la visita oral celebrada, la joven estuvo «muy dubitativa» y con «falta de espontaneidad en las respuestas directas», además de mantener «silencios injustificados, especialmente cuando se le indica que cuente lo sucedido».

«Se desdice respecto de si fueron tres o siete tocamientos. Duda si estos tocamientos eran de día o de noche, y dónde. No concreta ni precisa lo necesario cuando es preguntada sobre qué ocurrió en el camión, o cómo. Es contradictorio su miedo a que el acusado pegara a sus hijas o esposa con el hecho de que éstas indican que nunca les ha pegado; aunque la denunciante insiste en que incluso les ha dejado marcas con los golpes, pero no concreta cuándo ha visto que les haya pegado o dónde lo hacía. Dice que no recuerda cuándo fue la última vez que tuvieron relaciones sexuales o indica que ella no sabía que estaba embarazada y que mantuvo su menstruación hasta el momento del parto», señalan los magistrados.

La Sala entiende por ello que «ante la existencia de falta de certeza en la fijación de hechos probados» en este caso, «no siendo plena la convicción judicial ante la prueba obrante, procede estimar el recurso, y acordar la libre absolución del acusado».

Ya en la Audiencia Provincial de Zaragoza, al hombre se le absolvió del delito continuado de agresión sexual a su sobrina, porque no se considerados probados ninguno de los hechos referidos antes de que la menor cumpliera 16 años. Respecto de los hechos sucedidos después de los 16, se estimó uno de ellos que había quedado acreditado y no se consideraron probados todos los demás. Por ese hecho la sección primera de la Audiencia le condenó a la pena de siete años de prisión, e indemnizar a la víctima, una menor de edad, con 6.000 euros por daños morales.

Falta de credibilidad

Los magistrados aluden a lo recogido en la sentencia de primera instancia y coinciden con ella en que pese a las afirmaciones de la víctima de que no hubo consentimiento a la relación y si violencia por parte del acusado, «ninguna prueba médica o testifical existe sobre los golpes y acciones violentas que la denunciante dice que su tío le propinó y practicó en esa y las demás veces para conseguir tener relaciones sexuales, y que tampoco consta acreditado que la amenazara con pegar a su tía o sus primas, las cuales, por demás, indican que nunca les ha pegado el acusado».

Añaden también que si existe en este caso «ánimo espurio» que entienden «afecta a la posible credibilidad de las declaraciones, como lo es el hecho de que la denunciante, meses antes de formular su denuncia dio a luz, en el mes de marzo de 2021 y, aunque ella no ha promovido la prueba de paternidad que permitiría comprobar la paternidad del recién nacido, sí sostiene que el padre es el denunciado».

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