Prisión «inmediata» para el ex alto cargo socialista Pérez-Sauquillo por prevaricación y malversación
Tras muchos años de juicios, Tomás Pérez-Saquillo, ex alto cargo de la Junta socialista de Andalucía, irá a prisión de manera inmediata. El Tribunal Supremo ha confirmado finalmente la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condena a tres años y medio de cárcel al que fuera presidente de la empresa de capital de riesgo Invercaria por prevaricación en concurso con un delito de malversación. Todo obedece a un préstamo arbitrario de 100.000 euros a la empresa Aceitunas Tatis, motivo por el que la Audiencia ha requerido al inculpado para su «inmediato ingreso voluntario en prisión».
Pérez-Sauquillo, recordémoslo, ha sido condenado además a dos años y tres meses de prisión por los gastos propios de personal de Invercaria, a tres años de cárcel por el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a la empresa jiennense Fumapa y a la misma pena por las ayudas por 1,5 millones de euros concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria. Empero, su condena por el préstamo a la empresa Tatis ha sido la primera y de momento única en ser ratificada por el Supremo.
Recientemente, además, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla dejaba visto para sentencia el juicio correspondiente a los préstamos por importe de 716.000 euros concedidos por Invercaria a la entidad Ferias Internacionales Virtuales de Andalucía (FIVA), un proceso en el que Pérez-Sauquillo figura también como acusado.
En este marco, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla señala la firmeza de la sentencia del Supremo que confirma su condena a tres años y medio de prisión y a seis años y medio de inhabilitación absoluta a Tomás Pérez-Sauquillo, por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos en relación con la concesión, de forma arbitraria, de un préstamo de 100.000 euros a la entidad Aceitunas Tatis.
Aceitunas Tatis
Según el Supremo, Pérez-Sauquillo «decidió dar un préstamo a Aceitunas Tatis sin comprobar mínimamente su situación económica y contable, la viabilidad para acometer un proyecto o proyectos acordes con la finalidad del préstamo que se concedía, y si el dinero recibido por Aceitunas Tatis había sido invertido en algún proyecto de interés público».
La misma sentencia del Supremo confirma la pena de dos años de prisión e inhabilitación absoluta durante tres años y medio impuesta por la Sección Primera de la Audiencia a la administradora única de Aceitunas Tatis, Gracia Rodríguez Cortés, como inductora de los dos delitos.
En ese sentido, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla declara en este nuevo auto que «procede la ejecución» de la sentencia condenatoria, requiriendo a Pérez-Sauquillo y Gracia Rodríguez Cortés para «el cumplimiento de la pena de inhabilitación absoluta» que se les ha impuesto y al primero de ellos, además, «para su inmediato ingreso voluntario en prisión, con expreso apercibimiento de que si no lo hace en el plazo máximo de diez días, se decretará su busca y captura».
Respecto a Gracia Rodríguez Cortés, el auto, susceptible de recurso de súplica, indica que su defensa puede solicitar «beneficio de suspensión o sustitución de la pena».
Indulto
El pasado mes de noviembre, recordémoslo, el propio Pérez-Sauquillo anunciaba un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, frente a la citada sentencia del Tribunal Supremo que confirma su condena a tres años y medio de prisión por el préstamo de 100.000 euros de Invercaria a la empresa Aceitunas Tatis.
Además, anunciaba su decisión de solicitar al Ministerio de Justicia un indulto parcial, avisando de que «si se concedieran indultos en los ERE y no en Invercaria, el trato de favor sería descarado, sería de broma», en alusión a a los indultos parciales pedidos por el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y el resto de ex altos cargos de la Administración andaluza condenados precisamente por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla a penas de cárcel, por el mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y ayudas directas y arbitrarias a empresas.
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