Coronavirus

Mascarilla obligatoria en Andalucía: 7 casos en los que no hay que usarla

La Junta explica los casos en los que la mascarilla no es necesaria

Mascarilla obligatoria en Andalucía: 7 casos en los que no hay que usarla
Mascarilla

La Consejería de Salud y Familias ha propuesto una serie de medidas de prevención para frenar la propagación del coronavirus tras los brotes registrados en las últimas semanas en la comunidad. Una de las medidas más importantes es el uso de la mascarilla obligatoria en Andalucía, según recoge la Origen 14 de julio de 2020. Incumplirla supondrá ser sancionado de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de junio.

Ahora bien, hay una serie de casos en los que la mascarilla no es obligatoria en Andalucía, y que resulta de especial interés conocer.

Edad

Los menores de 6 años no tienen que llevar la mascarilla obligatoriamente.

Deporte al aire libre

A la hora de practicar deporte al aire libre de forma individual la Junta de Andalucía tampoco exige su uso.

Baño y sombrilla en la playa y en la piscina

En las playas y en las piscinas de la comunidad los ciudadanos no tienen que llevar la mascarilla mientras se bañan y mientras toman el sol, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad entre los usuarios.

Viajeros en coche

La mascarilla sólo es obligatoria si en el coche viajan personas que viven en diferentes domicilios. En cambio, si se trata de los miembros de una misma unidad familiar, no es necesario.

Enfermedades

La mascarilla obligatoria en Andalucía sólo es para mayores de 6 años que no presenten ninguna enfermedad o dificultad respiratoria.

Causa de fuerza mayor

No hay que llevar obligatoriamente la mascarilla si se da una causa de fuerza mayor, o cuando por la propia naturaleza de la actividad su uso no resulte compatible,

Comida y bebida

También se puede prescindir de la mascarilla para comer o beber en las terrazas y en la vía pública.

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