DGT

El multazo de 1.000 euros que te pueden poner por hacer esto al volante

Multa de la DGT por hacer esto
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Con la Navidad a la vuelta de la esquina, una de las infracciones más comunes al volante en estas fechas es conducir superando la tasa de alcohol permitida. Puede llegar a costar hasta 1.000 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.

Además, supone un serio riesgo tanto para el propio conductor como para el resto de usuarios de la vía. Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), el alcohol está presente entre el 30% y el 50% de los accidentes con víctimas mortales que se producen en las carreteras españolas.

Consumo de alcohol al volante

Durante la Navidad, en la que las comidas y cenas familiares se repiten prácticamente a diario, es normal tomarse alguna que otra copa de más. Sin embargo, es importante ser conscientes de que la opción de coger el coche para volver a casa queda completamente descartada.

Superar la tasa máxima permitida por la DGT en un control de alcoholemia se sanciona con 500 euros y conlleva la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir, además de tener que dejar el coche estacionado. En caso de doblarse la tasa, la multa pasa a ser de 1.000 euros, la pérdida de puntos del carnet de conducir se eleva a seis. Dar positivo en el test de detección de drogas implica automáticamente esta segunda sanción.

Realizarse las pruebas de alcoholemia y de drogas es obligatorio si los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado así lo requieren. Negarse a ellas está castigado con penas de presión de entre seis meses y un año, así como la retirada del carnet de conducir durante uno a cuatro años.

Límites permitidos

El máximo de alcohol permitido cuando se realiza una prueba con un etilómetro son 0,25 miligramos por litro en aire espirado. Esta cantidad se reduce a 0,15 miligramos en los siguientes casos: conductores profesionales y conductores noveles. Si la prueba de alcohol se realiza en sangre, el límite permitido es de 0,5 gramos (0,3 gramos en el caso de los conductores profesionales y conductores noveles).

«Existe la percepción de que el riesgo de accidente se asocia únicamente a niveles de consumo muy elevados, pero sus efectos negativos sobre la capacidad de conducir se observan incluso con niveles bajos de consumo. A medida que aumenta la cantidad de alcohol en el organismo, lo hace el riesgo de accidente: con una alcoholemia de 0,5 gr de etanol por litro de sangre se multiplica por dos el riesgo de sufrir un colisión», alerta la DGT.

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