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El tribunal ha fallado a favor de Atresmedia en el contencioso mantenido con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por una multa impuesta al grupo de comunicación por la emisión de la película ‘007: Licencia para matar’.
Los hechos se remontan al 26 de octubre de 2015, cuando uno de los canales temáticos de Atresmedia, Mega, emitió entre las 15.23 y las 18.04 horas dicha película. La CNMC consideró que su emisión en horario de protección reforzada (de 8 a 9 y de 17 a 20 horas) incumplía el Código de Autorregulación y decidió sancionar con 270.000 euros de multa porque, a su juicio, contenía escenas violentas no compatibles con dicho horario.
La sanción, estimada como injusta por Atresmedia, fue recurrida por el grupo, que argumentó en su recurso el hecho de que ‘007: Licencia para matar’ contaba con la calificación de apta para todos los públicos, adjudicada por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, dependiente del Ministerio de Cultura, y organismo encargado de la labor de calificar las producciones.
Además, Atresmedia argumentó que la película se había emitido desde 1989 en numerosas ocasiones en operadores públicos y privados de televisión en abierto y dentro y fuera del horario de protección reforzada.
La Audiencia Nacional ha admitido los argumentos del recurso contencioso administrativo y ha procedido a sentenciar la anulación de la sanción emitida por la CNMC al considerar “su disconformidad a Derecho”.
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