En el programa de Javier Cárdenas te contamos que la abogada P. M. ha denunciado al que fue su marido durante nueve años y considera que hay un delito de vejaciones injustas. Las supuestas vejaciones se produjeron el 20 de junio de 2022 cuando el ex marido le envió un correo electrónico con palabras que le atacaban. Y un juez de Valencia ha considerado que llamar “botijo” a otra persona, en concreto a tu ex mujer, no es delito ni supone ningún trato vejatorio. El magistrado valenciano considera en su polémica sentencia que el uso del calificativo “botijo” es “una mera opinión personal”, por lo que no lo considera un insulto o un delito hacia la mujer que puso la denuncia a su ex marido.
El juez no ha visto vejación en usar el término “botijo” de forma despectiva hacia la mujer, la cual amenaza recurrir al Consejo General del Poder Judicial porque según la abogada P. M. la sentencia sería fruto de prevaricación del juez. Y es que su ex marido relató en ese correo electrónico, diferentes «lindezas de la señora» y todo con una prosa muy a lo «Quevedo». Lo que sí ha dictaminado el Juez para este hombre es una orden de alejamiento que, por otro lado es casi seguro que no le importa estar alejado de la abogada, a deducir por las palabras dichas en el correo.
El magistrado concluye que el uso de este adjetivo es una mera opinión personal, por lo que no lo considera un insulto. La afectada planea recurrir al Consejo General del Poder Judicial por entender que la sentencia es fruto de prevaricación.