ELECCIONES 28M

La Audiencia Nacional para los pies a Bildu: la etarra Majarenas está inhabilitada hasta 2028

Majarenas Bildu
La etarra Sara Majarenas.
Paula Baena

La Audiencia Nacional ha confirmado que la etarra Sara Majarenas, número 10 de la lista de Bildu al Ayuntamiento de Astigarraga, está inhabilitada para ocupar cargo público hasta el 6 de abril de 2028. Además, pocas horas después la Junta Electoral de Zona de San Sebastián ha acordado que se excluya a Majarenas de la candidatura de Bildu.

De este modo, tanto la Audiencia Nacional como la Junta Electoral dan la razón a la asociación Dignidad y Justicia que había denunciado este hecho. Majarenas está inhabilitada hasta dentro de cinco años en cumplimiento de una condena de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 2007 por integración en organización terrorista, falsedad documental y tenencia ilícita de armas.

La denuncia que ha presentado la asociación liderada por Daniel Portero, de seis páginas, recordaba que Majarenas fue condenada en septiembre de 2007 por integración en organización terrorista, falsedad documental y tenencia ilícita de armas a 13 años y 2 meses de prisión y a una inhabilitación absoluta por tiempo superior en 10 años al de la duración de la pena impuesta. De este modo, ahondaba, la etarra ingresó en prisión en febrero de 2005 y salió en abril de 2018, después de haber cumplido 13 años y 2 meses de encierro.

Así, «teniendo en cuenta que, tal y como establece la propia sentencia, la pena principal de inhabilitación absoluta se impuso por tiempo superior en 10 años a la de prisión impuesta, y, habiendo salido de prisión el 9 de abril de 2018, Sara Majarenas no tiene extinguida dicha pena principal de inhabilitación absoluta», señalaba. Sara Majarenas formó parte del Comando Levante, que tenía entre sus objetivos atentar contra Rita Barberá. 

En el escrito, Dignidad y Justicia recordaba también que ya denunció hace días ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional las candidaturas de 43 personas presentadas bajo las siglas de EH Bildu que habían sido condenadas por pertenencia a la banda terrorista ETA. Apuntaba que el Ministerio Público, en su respuesta, indicaba que se habían recabado las hojas histórico-penales de los condenados y que del examen de esta documentación no se apreciaba ningún supuesto de inelegibilidad de los previstos en la ley electoral.

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