El Tribunal Supremo venezolano cierra otro camino más para recortar el mandato de Maduro

Nicolás Maduro
Nicolás Maduro. (Foto: AFP)

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha cerrado la posibilidad de que el Parlamento de mayoría opositora recorte el mandato del presidente Nicolás Maduro, como se había planteado a través de una enmienda constitucional, según una sentencia publicada este lunes.

La Sala Constitucional del TSJ ha determinado que cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Carta Magna «no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata», pues ello «constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía […] ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo», señala un boletín de la corte.

Según la ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, el Constituyente estableció en el artículo 24 lo que la doctrina llama la «irretroactividad absoluta», por ello la pretensión de enmendar la Carta Magna con la finalidad de reducir el mandato del presidente de la República sería inconstitucional.

El juez delgado Rosales se apoya incluso en derecho comparado y, así, cita entre otros ejemplos la 22ª enmienda de la Constitución estadounidense, que en 1951 trató el asunto de los periodos presidenciales y no se aplicó al que estaba vigente para esa época.

Aunque en realidad, se puede interpretar que sí. Aquella enmienda se impulsó en 1947, durante el primer mandato de Harry S. Truman (1945-1953). Y lo que buscaba ese texto era limitar a dos mandatos consecutivos el máximo para la estancia de un presidente en el cargo. Fue precisamente en el segundo mandato cuando se terminó de aprobar. Antes de Truman, sólo Franklin D. Roosevelt había logrado se reelegido para más de dos mandatos, en el momento crítico de la II Guerra Mundial.

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