Tribunal Supremo

El Supremo investiga el Consejo de Memoria Histórica de Sánchez por discriminación ideológica

Abogados Cristianos denuncian también que se ha creado sin consultar a las Cortes

Supremo memoria histórica, Comisión de Venecia, RTVE, Sánchez
Félix Bolaños y Pedro Sánchez.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estudia la impugnación del Real Decreto que crea el Consejo de la Memoria Democrática y el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática. Tras una petición de la Fundación Española de Abogados Cristianos en el marco de un recurso presentado contra dicha norma, el Alto Tribunal ha desestimado las medidas cautelarísimas pero en las próximas semanas entrará a estudiar el fondo del asunto y decidirá si procede imponer medidas cautelares.

El Alto Tribunal, mediante auto firmado por el ponente Manuel Delgado-Iribarren, considera que no concurren las «circunstancias de especial urgencia» requeridas por la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adoptar la medida sin escuchar a la Administración central.

En su recurso contencioso-administrativo, Abogados Cristianos, representada por la letrada Polonia Castellanos, impugna el Real Decreto 265/2025 alegando varios motivos de ilegalidad:

  1. Vulneración de la reserva de ley: Argumentan que el Real Decreto regula materias que afectan a derechos fundamentales como la libertad de asociación, expresión e igualdad, que requieren ley formal aprobada por el Parlamento.
  2. Discriminación ideológica: Sostienen que el decreto establece «criterios subjetivos o discrecionales» para la inscripción en el Registro, «exigiendo una orientación ideológica específica de izquierdas» y que los miembros del Consejo «son designados de manera totalmente parcial e ideológica».
  3. Defectos formales: Alegan posibles incumplimientos en el procedimiento de elaboración del Real Decreto, como la falta de consulta pública previa.
  4. Incompetencia del órgano emisor: Argumentan que el Consejo de Ministros podría haberse extralimitado en sus competencias al regular aspectos no previstos en la Ley 20/2022 de Memoria Democrática.

Por ahora, como adelanta OKDIARIO, la Sala ha rechazado adoptar la medida cautelar por vía de urgencia por dos motivos principales: Por un lado, la Fundación recurrente no ha acreditado suficientemente la «inminencia e irreversibilidad» de los actos derivados de la aplicación del Real Decreto. Y, por otro, el Real Decreto se limita a regular aspectos organizativos (composición y funcionamiento del Consejo, procedimiento de inscripción en el Registro), sin que su aplicación inmediata pueda considerarse tan urgente como para prescindir del trámite de audiencia a la Administración.

«La constitución de ese Consejo y Registro no puede resultar tan inminente ni las posibles decisiones posteriores resultar tan irreversibles como para impedir dar alegaciones a la Administración demandada», remarca el auto.

El Tribunal ordena continuar la tramitación como medida cautelar ordinaria, otorgando un plazo de 5 días a la Abogacía del Estado para presentar alegaciones, mientras sigue su curso el procedimiento de admisión del recurso principal.

El Real Decreto criticado desarrolla aspectos de la nueva Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022, que ha sido objeto de controversia política desde su tramitación parlamentaria. La norma regula la composición del Consejo de la Memoria Democrática, integrado por 32 miembros con funciones consultivas, así como el procedimiento de inscripción en el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática.

La decisión del Supremo no entra en el fondo del asunto, que será analizado, pero sí evidencia el alto estándar exigido por la jurisprudencia para la adopción de medidas cautelares por la vía extraordinaria del artículo 135 de la LJCA.

Real decreto controvertido

El Consejo de Ministros aprobó a principios de abril ese real decreto que regula la composición y funcionamiento del Consejo de la Memoria Democrática, así como el funcionamiento de la llamada Comisión de la Verdad, que debe esclarecer las violaciones de Derechos Humanos durante la Guerra Civil y la Dictadura.

También se encarga de regular el procedimiento de inscripción del registro estatal de entidades cuya actividad se desarrolle en el ámbito de la Memoria Democrática.

El decreto establece el régimen jurídico del Consejo de la Memoria Democrática, determina que estará presidido por el ministro del ramo, Ángel Víctor Torres, y que se trata de un órgano colegiado consultivo y de participación de las entidades memorialistas, adscrito al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

Según se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 9 de abril, este organismo estará integrado por 32 miembros, incluyendo representantes de diversos ministerios, entidades memorialistas, profesionales de reconocido prestigio, y representantes de organizaciones sindicales y empresariales.

La llamada Comisión de la Verdad tiene por finalidad supuestamente contribuir al esclarecimiento de las violaciones de los derechos humanos durante la Guerra y la Dictadura. Esta Comisión estará integrada por un máximo de diez personas independientes de reconocido prestigio en el mundo académico o profesional y en el ámbito de los derechos humanos, que serán designadas por el Consejo de la Memoria.

Por su parte, el secretario de Estado de Memoria, Francisco Martínez, anunció que el Gobierno prevé crear este verano la citada comisión, que deberá tener listas sus conclusiones en 2027, y anunció la inminente aprobación en el Consejo de Ministros que se ha oficializado este martes.

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