Referéndum ilegal

Malestar en el Supremo por el uso electoralista de la sentencia del ‘procés’

Las constantes especulaciones mediáticas y las valoraciones políticas no gustan a los magistrados del Tribunal Supremo.

Malestar en el Supremo por el uso electoralista de la sentencia del ‘procés’
El Tribunal Supremo revisa el caso Palau

El ritmo de la sentencia no lo puede “imponer” nadie. El malestar en el Supremo es evidente. Las constantes especulaciones mediáticas, publicadas en los últimos días, y las valoraciones políticas de una sentencia que, previsiblemente, estará lista el próximo otoño no gustan a los magistrados que integran el Alto Tribunal.

Desde el Supremo se mantiene una postura serena y aséptica. Sin prisa, pero sin pausa, y sin dejar que la decisión de un juicio tan mediático -dado que afecta a la esencia misma del Estado de Derecho y su integridad territorial- pueda convertirse en un recurso electoral ante unas eventuales elecciones el 10 de noviembre.

Hasta el momento, se ha especulado frecuentemente con el sentido de la que será la sentencia del juicio del ‘procés’. Ahora, además, comienzan las cábalas sobre la fecha en que estará lista y cuándo se notificará a cada uno de los doce acusados, nueve de ellos en prisión provisional.

Ajenos a ‘presiones’

Todo indica que será a comienzos del próximo otoño, pero los magistrados que integran la Sala Segunda han deliberado, deliberan y deliberarán, sin ceñirse a presiones extrajudiciales o a plazos políticos.

Según fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO los jueces hacen su trabajo ajenos a cualquier consideración que trate de condicionarles externamente. O que pretenda ajustar los plazos judiciales a intereses partidistas.

La postura del Alto Tribunal ha sido siempre homogénea y seguirá siéndolo en este caso: ninguna interferencia en procesos electorales. 

Sentencia unánime

Las mismas fuentes jurídicas apuntan a que el fallo de la sentencia del ‘procés’ contra los líderes separatistas catalanes, acusados de sendos delitos de rebelión y sedición, será unánime.

Con independencia de cuál sea el desenlace de la misma -rebelión, sedición o conspiración para la rebelión- lo cierto es que los siete magistrados encargados de enjuiciar a los acusados mantienen posturas próximas sobre cuál debe ser la categoría final de los hechos. Así como su reproche penal.

Por ello, y durante el desarrollo del juicio -que se ha prolongado durante cuatro meses exactos: desde el 12 de febrero al 12 de junio- todos ellos han ido tomando notas con las que han contribuido a enriquecer las transcripciones del presidente de la Sala, y ponente de la sentencia, el juez Manuel Marchena.

Sentar jurisprudencia

La sentencia será extensa y pormenorizada y no sólo resolverá judicialmente, y en firme,  la situación de los procesados. También sentará jurisprudencia en relación a los tipos penales previstos en el Código Penal para los delitos contra el Estado.

Un escenario que augura, incluso, posibles reformas de las normas actuales. Más allá del polémico indulto con el que se ha especulado por parte de algunas formaciones políticas, existe una segunda fórmula que permitiría aligerar el cumplimiento de las penas que el Tribunal Supremo impondrá a los golpistas, si resultan condenados: una reforma retroactiva del Código Penal, que afectaría al artículo

La modificación se haría efectiva mediante una proposición de ley orgánica para revisar los delitos contra el Estado -donde se sitúan tanto la rebelión como la sedición- en el sentido de rectificar los requisitos exigidos y las sanciones.

La propuesta, si es aprobada por la mayoría absoluta del Congreso, permitiría- según el artículo 2.2 del Código Penal- aplicar penas más ventajosas a los golpistas condenados en firme.

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