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AYUNTAMIENTO DE PINTO

La Junta Electoral prohíbe el izado de la bandera republicana del Ayuntamiento de Pinto

La Junta Electoral Provincial ha prohibido el izado de la bandera republicana que iba a realizar este miércoles el Ayuntamiento socialista de Pinto por ser una bandera «que no representa a todos los ciudadanos» y, por tanto, el Consistorio de Juan Diego Ortiz  no puede hacer uso de ella en periodo electoral.

Según el escrito de la Junta Electoral, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el acto, programado para mañana a las 19.00 horas, incumple el artículo art. 53.2 de la LOREG, que reza que «desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades 2 ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones reconocidas en el apartado anterior».

Así, de acuerdo con la exposición en la que se estiman los recursos interpuestos tanto por el PP como por Vox, «el izado de bandera no es una actuación ordinaria de partido, quedando prohibida la realización de actos o manifestaciones que inciten al debate político objeto de campaña».

Además, en su resolución, la Junta hace alusión a la la Instrucción nº 2/2011 de la JEC, donde se señala que las Instituciones -como, en este caso, el Ayuntamiento de Pinto- deben respetar «los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales, y no se dirijan directa o indirectamente, mediata o inmediatamente, a inducir el sentido del voto de los electores».

En ese mismo sentido, agrega que «durante los periodos electorales los poderes públicos estarán obligados a mantener estrictamente la neutralidad política y por tanto, deben de abstenerse de colocar en edificios públicos y locales electorales símbolos que puedan considerarse partidistas».

«En definitiva, desde el momento que una bandera no representa a todos los ciudadanos, sino que se puede identificar políticamente con alguna ideología, las Instituciones no podrán hacer uso de las mismas en periodo electoral», concluye el escrito antes de prohibir expresamente la celebración del acto.

Asimismo, requiere al alcalde,  Juan Diego Ortiz (PSOE), anular de forma «inmediata» la convocatoria del acto «con el apercibimiento de que caso no cumplir con este Acuerdo les parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho».

La Junta Electoral acuerda no incoar expediente sancionador pero advierte de que «en caso de incumplimiento o reiteración» podría acordarse la iniciación del mismo.