La juez admite como prueba las pólizas de seguro y las rentas que Franco pagó por el Pazo de Meirás
El juicio que enfrenta al Gobierno socialcomunista y a la familia Franco por la titularidad del histórico inmueble comenzará el próximo 6 de julio y durará una semana.
La juez que decidirá sobre la reclamación del Gobierno de Sánchez a la familia Franco y la sociedad PRISTINA S.L., propietarios del Pazo de Meirás, ha admitido como prueba los documentos que acreditan que el dictador pagó a título particular todos los impuestos, seguros, contribuciones y rentas vinculadas al Pazo de Meirás, durante los más de 30 años que transcurrieron desde que adquirió el mismo hasta su fallecimiento, en 1975.
OKDIARIO ha tenido acceso en exclusiva a las pólizas y declaraciones de IRPF que la magistrada de La Coruña analiza de cara al juicio que se celebrará el próximo mes de julio. Un procedimiento en el que la familia acreditará que -en contra de la tesis de la Abogacía Pública y la de los letrados de la Xunta de Galicia- el Estado nunca atendió «los gastos vinculados a la propiedad» del histórico inmueble.
Estos siempre «fueron asumidos y sufragados por Don Francisco Franco» y así «se incorporaron a sus preceptivas declaraciones» de rendimientos ya que, como «propietario del inmueble», el dictador «tributaba» por los beneficios de «las explotaciones agrícolas y ganaderas» que se desarrollaban en el Pazo de Meirás «desde los años 40 del siglo pasado», indicaron los abogados de la familia en el escrito de contestación a la demanda presentada por el Gobierno el pasado septiembre en sede judicial.
Así lo acreditan todas las pólizas de seguro que Franco contrató sucesivamente a favor del inmueble. «Todas ellas» suscritas y pagadas por éste «a título personal».
Según los documentos que obran en poder de la juez titular, ninguno de los beneficios percibidos por el uso o explotación de los terrenos del Pazo de Meirás «se ingresaron en el Tesoro Público», sino que «se asumieron y fueron declarados a Hacienda por Don Francisco Franco de forma regular e ininterrumpida hasta su fallecimiento». Por este motivo, los herederos de Franco aseguran que «el Estado jamás poseyó» como dueño el histórico inmueble que, por tanto, tuvo como único y legítimo propietario a su abuelo.
No fue un bien público
La audiencia previa celebrada el pasado viernes para dirimir la reclamación del Estado a la familia Franco sobre el Pazo de Meirás acabó sin acuerdo entre las partes. El juicio, que tendrá lugar entre el 6 y el 10 de julio, se centrará en la discusión jurídica que enfrenta al Gobierno socialcomunista de Sánchez con la familia por la titularidad del inmueble gallego.
Los nietos del dictador niegan que el «entonces Jefe del Estado» lo ocupara, poseyera o utilizara en nombre y en favor de su cargo. Reiteran una y otra vez que su abuelo nunca gestionó el Pazo de Meirás con la intención de que fuese un bien público, como asegura la Abogacía del Estado y como respaldan los letrados de la Xunta de Galicia personados en la causa.
Es «algo impensable desde el momento en que su acceso a la posesión de este inmueble vino precedido, acompañado y seguido de la formalización de documentos» -ahora admitidos como prueba por la magistrada que dictará sentencia- que «la intención y voluntad de todos» no fuese que Franco «adquiriese» la plena y exclusiva «propiedad del Pazo».
Así lo ponían de manifiesto los abogados de sus herederos durante la vista preliminar celebrada en La Coruña: «Las pretensiones» solicitadas por el Gobierno «en la demanda» presentada por la Abogacía del Estado «constituyen un ejemplo palmario de actuación contradictoria con los actos propios anteriores y de ‘retraso desleal’ en el ejercicio de un -pretendido- derecho, que nuestro Ordenamiento reputa antijurídico e improcedente» según la doctrina vigente.
Insistían, como ya hicieron constar en su escrito de contestación a la demanda presentada por el Gobierno, en que la «complacencia y activa participación de las Administraciones Públicas» en materia impositiva o tributaria, asumida en exclusiva por Franco, «ha traído consigo la titularidad y sucesivas transmisiones del Pazo de Meirás».
Esto es, tanto Franco como sus herederos han sido los únicos encargados de atender el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Sucesiones, IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio, etc. que se han generado, a lo largo del tiempo, sobre el histórico inmueble. Y el Estado ha exigido «puntualmente a los herederos de D. Francisco Franco como dueños del Pazo de Meirás» el pago de todos ellos -así como de las tasas correspondientes- que «han sido también puntualmente pagados» por estos, tal y como reflejan los documentos admitidos como prueba por la juez y a los que ha tenido acceso este periódico.