La Fiscalía sanchista al rescate de Monedero: rechaza investigarle por acoso a alumnas de la Complutense
"Los hechos descritos no tienen entidad para considerarlos como trato degradante y a las alumnas"
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La Fiscalía de Madrid archiva la investigación contra Juan Carlos Monedero por el presunto acoso a varias de sus alumnas durante sus clases en la Universidad Complutense de Madrid. La Fiscalía renuncia a investigar a Monedero porque cree que los hechos descritos no son suficientemente grave para considerarlos un trato degradante a las alumnas. La Fiscalía sí considera que la actuación de Mondero merece un reproche moral y una corrección a través del expediente disciplinario que le ha abierto la Universidad al fundador de Podemos.
El día 10 de abril de 2025 se recibió en la Fiscalía Provincial una comunicación de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) por la que se da traslado del Expediente Disciplinario a Juan Carlos Monedero, profesor titular de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología, en relación con el comportamiento mantenido por el mismo con algunas alumnas asistentes a la clase impartida por aquél durante el curso académico 2021-2022.
Ahora, la Fiscalía argumenta que la conducta llevada a cabo por el denunciado durante el curso académico 2021-2022 no es constitutiva de un delito contra la integridad moral del artículo 173. 1 del Código Penal, por no cumplir con los elementos del tipo.
«No generó terror en las víctimas»
Según el escrito de Fiscalía: «Los hechos anteriormente descritos no tienen la entidad suficiente para considerarlos como un trato degradante y atentado grave contra la integridad moral de las alumnas. La jurisprudencia referida requiere que la conducta para ser declarada grave, además de ser reiterada debe revestir un plus de desvalor, entendiendo este plus como aquel que puede crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral, menoscabando gravemente su integridad moral, quedando fuera de la represión penal las conductas meramente impropias, como es lo que sucede en el presente caso».
Las conductas recogidas en la denuncia consisten en expresiones referidas de manera individual a distintas alumnas, pero Fiscalía valora que esas expresiones no fueran reiteradas por parte de Monedero a cada una de las alumnas: «pueden ser calificadas como inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente, sobre todo de quien se dedica a enseñar y a quien se le exige una cierta responsabilidad social vinculada a transmitir unos valores éticos, pero no todo trato degradante será punible, sino sólo los más lesivos».
El expediente disciplinario a Monedero
«La escasa entidad de los hechos, el marco en que se producen y el tiempo transcurrido no han permitido obtener los elementos precisos para interponer una denuncia por un delito contra la integridad moral. No obstante, ha de señalarse el perjuicio y daño que pueden causar estos comportamientos entre el alumnado. Esta situación de vulnerabilidad y de asimetría debe ser conocida por quien tiene la autoridad para restablecer el equilibrio y evitar que se produzcan estas situaciones, cuanto menos desafortunadas, impropias, inadecuadas y gratuitas, las cuales podrían, en su caso, corregirse en vía disciplinaria mediante la continuación de la tramitación del Expediente Disciplinario incoado», concluye la Fiscalía.
Segundo archivo en una semana
La semana pasada la Fiscalía Provincial de Madrid también archivó las diligencias de investigación preprocesal contra Juan Carlos Monedero por presunta agresión sexual y contra Irene Montero, Ione Belarra y Ángela Rodríguez Pam por encubrimiento y omisión del deber de socorro.
En este caso, la Fiscalía concluye que no existen elementos suficientes para sostener ninguno de los delitos denunciados por una plataforma política gallega.
La denuncia, interpuesta el 4 de marzo de 2025 ante la Fiscalía de Área de Vigo, alegaba que Monedero había agredido sexualmente a Ayme Román, quien «lo manifestó en su canal de YouTube y que ratificó los días 23 y 24 de febrero» en publicaciones en una red social, y también a Lola Sánchez Caldentey, según sus propias manifestaciones en esa misma plataforma.
Sin embargo, ninguna de las presuntas víctimas quiso declarar ante la Fiscalía. La fiscal investigadora subrayó en su resolución la ausencia de precisión en los hechos denunciados: «Se desconoce el momento, el lugar, cómo se produjeron y en qué consistieron; es decir, no concurren en este momento elementos indiciarios sobre una petición tácita o expresa de actos de naturaleza sexual y/o los contactos físicos que hubieran tenido lugar».
La Fiscalía sostiene que los actos mencionados en la denuncia no son «lo suficientemente claros para mantener racionalmente la existencia de un delito de agresión sexual», al tiempo que precisa que las presuntas víctimas «no parecen presentar marcadores de debilidad o vulnerabilidad que justifiquen la acción subrogada del Ministerio Fiscal».