Ley de Terrorismo callejero

La cacería de grabar a policías que Sánchez quiere permitir ha supuesto más de 200 sanciones

grabar policías Seguridad Ciudadana
Diputados de Podemos enfrentándose a la Policía en una protesta antidesahucio en 2019. (Foto: EP)
Segundo Sanz

La ley de Seguridad Ciudadana que ahora quieren revisar Pedro Sánchez y sus socios generando indefensión a policías y guardias civiles ha supuesto desde su entrada en vigor más de 200 sanciones por grabar a agentes y difundir imágenes que luego entrañaron todo un riesgo perseguido por dicha regulación.

El dato lo ha revelado el propio Ejecutivo de PSOE-Podemos en una respuesta parlamentaria -consultada por OKDIARIO- a Jon Iñarritu, diputado de la formación proetarra Bildu. Mientras tanto, policías y guardias civil preparan una gran movilización para el sábado contra estos cambios.

Desde que entró en vigor la Ley de Seguridad Ciudadana en 2015, bajo gobierno de Mariano Rajoy, y hasta el cierre del ejercicio de 2020 -dos años y medio después de la llegada de Pedro Sánchez al poder y Fernando Grande-Marlaska al Ministerio del Interior- han sido 213 las propuestas de sanción conforme al artículo 36.23 registradas en esos cinco años: 12 en 2015, 32 en 2016, 41 en 2017, 38 en 2019 y 50 en 2030.

El artículo 36.23 de la ley de Seguridad Ciudadana considera infracción grave «el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información».

El Tribunal Constitucional no considera inconstitucional este precepto siempre que el término «uso» se interprete en el sentido de que para que pueda apreciarse infracción grave es necesaria la publicación o difusión ilícita, no bastando la mera captación no seguida de publicación o difusión. Además, precisa que el término «imágenes o datos personales o profesionales» comprende también los relativos a la vida privada, elemento éste que deberá tomarse en cuenta para determinar si prevalece o no el derecho a la información.

Ahora, en la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el PNV y apoyada por PSOE y Podemos a través de enmiendas, socialistas y comunistas han acordado que no sea infracción grave la «mera difusión de imágenes» de policías y sólo se perseguirá su uso «cuando genere un peligro cierto a su seguridad personal o familiar o la de las instalaciones protegidas o ponga en riesgo el éxito de una operación». Eso sí, la enmienda pactada al respecto por los dos partidos del Gobierno añade que «la situación de peligro o riesgo cierto generada, deberá reflejarse en el acta o en la denuncia con el mayor detalle que sea posible». De no ser así, habrá un amplio margen de interpretación, que es lo que buscan los socialcomunistas.

Por ocupación

En su pregunta parlamentaria al Gobierno, el diputado de EH quiso conocer las razones por las que dos periodistas gráficos de Ahtosa.info y Ekinklik «fueron sancionados por la Guardia Civil tras haber publicado imágenes» de una protesta contra el proyecto turístico de Aroztegia en Navarra. Y aprovechó para reclamar el número de sanciones en base al artículo 36.23 de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana.

El Gobierno -además de ofrecer los datos citados- ha contestado a Iñarritu que las sanciones a «ambos profesionales de la información» no fueron por dicho artículo, sino por el 37.7 (infracción leve por ocupación), ya que «se encontraban en una parcela privada contra la expresa voluntad del titular del derecho real de aquel bien inmueble».

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