Después de que los padres abandonasen el funeral

Los asistentes al funeral de Gabriel piden justicia y que no se derogue la prisión permanente

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Los asistentes al funeral del pequeño Gabriel han proclamado su desacuerdo con la posible derogación de la prisión permanente revisable

La salida del funeral de Gabriel Cruz ha estado protagonizada por la madre del pequeño que, demostrando su gran entereza, ha agradecido a los presentes el apoyo recibido durante los últimos días. Sin embargo, al término de la celebración eclesiástica muchos de los asistentes han proclamado su desacuerdo con la posible derogación de la prisión permanente revisable.

Las quejas han comenzado a la salida de la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz a la que se le ha recriminado la posición de su partido respecto a ello.

Entre gritos de “justicia, justicia” los ciudadanos han pedido que la ley actúe y que la asesina del pequeño no quede en libertad tras diez o quien años.

Las personas que han manifestado su malestar al respecto han esperado a que los padres de Gabriel abandonasen la plaza para respetar su dolor.

Pese a los últimos sucesos, el de Gabriel y el de Diana Quer, y los intentos del padre de Diana por impedir que se derogue la prisión permanente revisable, el Congreso impulsará la misma.

El PNV ha promovido una proposición de ley mediante la cual se reformaría el Código Penal y se eliminaría la prisión permanente revisable instaurada por el Partido Popular en la legislatura en la que disponían de mayoría absoluta.

Los padres de Gabriel, sumidos en la tristeza de la pérdida de su hijo, no se han pronunciado aún al respecto y han hecho un llamamiento a la calma.

Ana Julia puede ahorrarse 10 años

Si la detenida por la muerte del pequeño Gabriel Cruz es condenada por homicidio con agravante de tratarse de un menor, le caerán de 15 a 20 años(artículo 138 del Código Penal).

Si se tratara de asesinato (muerte con alevosía y/o ensañamiento, por ejemplo, como apunta el primer informe de la autopsia que se ha conocido hoy), la pena básica se elevaría desde los 15 a los 25 años (artículo 139 del Código Penal). Solo en el caso de asesinato, no en el de homicidio, es aplicable la prisión permanente revisable.

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