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La sentencia de Bankia aleja la condena de Ángel Ron por la ampliación de Popular

La Audiencia Nacional ha absuelto a Rodrigo Rato, a José Luis Olivas y al resto de directivos de Bankia y Deloitte encausados por la salida a Bolsa de Bankia. El principal motivo es que actuaron bajo la supervisión y permiso del Banco de España, algo que también ocurrió en la OPV del Banco Popular.

Ángel Ron llega a la Audiencia Nacional
Ángel Ron (d) llega a la Audiencia Nacional

Casi un año después de que fuera visto para sentencia, el caso Bankia ha visto al fin este martes su fallo por parte de la Audiencia Nacional y la sentencia ha sido, como ya hacía tiempo que se barruntaba en círculos financieros, exculpatoria para los directivos liderados por Rodrigo Rato que pilotaron la salida a Bolsa de la entidad en junio de 2011.

La sentencia de la Audiencia Nacional destaca que Rato, José Luis Olivas y el resto de directivos actuaron bajo la supervisión y permiso del Banco de España, algo que también ocurrió en la OPV del Banco Popular.

“Tanto la decisión de salir a Bolsa como la determinación de hacerlo con la estructura de doble banco fueron resoluciones enteramente contempladas por el Banco de España, que además las aprobó después de calibrar las ventajas y los inconvenientes que dichas decisiones conllevaban (…) lo que resulta evidente a todas luces es que el proceso que culminó con la salida a Bolsa de Bankia fue intensamente supervisado con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA, contando en definitiva con la aprobación de todas las instituciones», dice el texto jurídico dado a conocer este martes.

Igual que Ron

Esta sentencia no podrá obviarse en la instrucción y en la resolución del caso Banco Popular, que actualmente cuenta con dos piezas separadas que se investigan en la Audiencia Nacional. Una de ellas estudia si el último presidente de la entidad, Emilio Saracho, manipuló la cotización de la entidad en beneficio propio. La otra, si el histórico presidente Ángel Ron, que ocupó la presidencia de la entidad desde 2006 a 2017, cometió un delito al decidir ampliar capital en 2016, en un momento en el que había muchas dudas sobre la viabilidad de la entidad.

Ambas operaciones financieras contaron con un folleto registrado en la CNMV y supervisado previamente por el Banco de España y por autoridades europeas

Ambas operaciones financieras, tanto la salida a Bolsa de Bankia como la ampliación de capital de Popular, contaron con un folleto registrado en la CNMV y supervisado previamente por el Banco de España y por autoridades europeas. Y ambas acabaron produciendo un perjuicio notable a aquellos inversores que acudieron a ellas, con un derrumbe de la cotización del 90% en el caso de Bankia y con una resolución por parte de la Junta Única de Resolución (JUR) en el caso del Popular que valoró sus acciones a cero euros, haciendo perder toda la inversión.

Por tanto, es lógico pensar que la misma doctrina que ha seguido el tribunal especial con Bankia deba de seguirse para la rama penal del caso Banco Popular.

Declaración de Guindos

Mientras la sentencia de Bankia ha irrumpido en el proceso, el caso Banco Popular continúa avanzando judicialmente. Este miércoles el juez José Luis Calama, de la Audiencia Nacional, interroga en calidad de testigo al actual vicepresidente del Banco Central Europeo, Luis de Guindos, con motivo del caso Banco Popular. Guindos era el ministro de Economía y Empresa cuando Ángel Ron gestionó la ampliación de capital y también un año más tarde, el 7 de junio de 2017, cuando el banco fue resuelto por la JUR y vendido a Banco Santander por un euro.

La declaración se hará por videoconferencia estando el directivo madrileño actualmente en Fráncfort.

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