Palo de Hacienda a los mutualistas: no van a recibir el dineral que les deben
Muchos mutualistas tienen dificultades para reunir la documentación que les exige Hacienda
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Algunos de los mutualistas que entre 1967 y 1978 tributaron en exceso podrían tener dificultades para recibir la devolución de Hacienda debido a los estrictos requisitos documentales establecidos por la Agencia Tributaria. Estos afectados, en su mayoría jubilados, cotizaron al 100% en lugar del 75% que debían, lo que les permite reclamar el 25% adicional. Según la disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tienen derecho a la devolución si la cuota tributaria resultante es menor que las cantidades ingresadas previamente.
A pesar de este derecho, la falta de documentación está complicando el proceso para muchos mutualistas. La Agencia Tributaria requiere justificantes y recibos de hace décadas, que muchos pensionistas no tienen. La falta de estos documentos puede llevar a que Hacienda eluda el pago de la devolución, dificultando que los mutualistas obtengan el dinero que les corresponde. Asimismo, cabe destacar que no todos pueden solicitar esta compensación. Quedan excluidos aquellos que cotizaron en el régimen de Clases Pasivas del Estado, así como los autónomos y quienes realizaron aportaciones a mutualidades de viudedad o pensiones no contributivas.
Los mutualistas que no recibirán el dinero de Hacienda
Hacienda se prepara para devolver 1.700 millones de euros a los mutualistas, afectados por un exceso en la tributación de aportaciones a la mutua laboral. Durante la pasada campaña de la Renta, Hacienda habilitó un canal preferente para facilitar la tramitación de estas devoluciones, ofreciendo un formulario en su plataforma web.
Estos mutualistas, muchos de los cuales tienen alrededor de 80 años, trabajaron en diversos sectores como la construcción, la banca, la hostelería y el comercio. El problema radica en que tributaron un 100% de sus aportaciones a la mutua laboral, cuando sólo debían haber tributado un 75%, en un periodo que abarca desde los años 60 hasta finales de los 70.
A pesar de tener derecho a la devolución, muchos jubilados podrían quedarse sin ella debido a la dificultad para presentar la documentación requerida. La Agencia Tributaria exige justificantes y recibos de hace más de 50 años, documentos que muchos pensionistas no tienen y que son difíciles de obtener. Esto complica la reclamación y podría impedir que reciban el dinero que legítimamente les corresponde.
Documentación
La Agencia Tributaria tiene que que devolver a los jubilados el exceso de cotización a las mutualidades que pagaron entre 1967 y 1978. Los mutualistas cotizaron al 100% en lugar del 75% exigido por el IRPF, y ahora pueden reclamar el 25% de diferencia de los últimos cuatro años no preescritos.
No obstante, Hacienda advierte que los jubilados deben cumplir con un trámite específico para poder beneficiarse de la devolución. Se ha habilitado un formulario para reclamar el dinero, pero es esencial contar con toda la documentación necesaria que acredite el exceso de cotización. La falta de estos documentos puede impedir la devolución, ya que la Agencia Tributaria revisará meticulosamente cada reclamación y podría evitar el pago en caso de irregularidades.
Muchos mutualistas tienen dificultades para recuperar los documentos que exige Hacenda debido al paso del tiempo y la falta de digitalización en esa época. Esta situación complica la acreditación de su derecho a la devolución, incluso aunque legalmente les corresponda.
Pensiones
Las pensiones que se pueden beneficiar de la reducción del IRPF son aquellas provenientes de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, que incluyen aportaciones a mutualidades laborales. La parte de la pensión correspondiente a aportaciones realizadas antes de 1967 no tributa, mientras que las aportaciones entre 1967 y 1978 se reducen en un 25%. Las pensiones complementarias, por aportaciones anteriores a 1995, también tienen derecho a una reducción del 25%.
Los funcionarios públicos que hicieron aportaciones a mutualidades antes de su integración en Muface, Mugeju, o Isfas, también pueden aplicar la reducción del 25% en su pensión. Sin embargo, los funcionarios que siempre han estado en el régimen de Clases Pasivas y las pensiones de viudedad o no contributivas no tienen derecho a esta reducción.
Solicitud
Para completar el formulario para la devolución de Hacienda, se deben seguir una serie de pasos.
En primer lugar, hay que acceder al sitio web oficial de Hacienda. En la página principal, ir a la sección de «Atención al contribuyente» y buscar la opción «Reclamaciones o solicitudes de revisión de la Renta». En esta sección, se encuentra el formulario titulado «Solicitud de rectificación de autoliquidación» o «Reclamación de devolución».
A continuación, hay que rellenar el formulario con la información requerida. Es importante que todos los campos estén completos, por lo que se deben tener a mano documentos esenciales como el DNI y el número de expediente. Es posible que se necesiten otros documentos para acreditar la situación.
Finalmente, se debe presentar el formulario. Esto se puede hacer online a través de la página de Hacienda o imprimiendo el formulario y entregándolo en la oficina de la Agencia Tributaria correspondiente. Es crucial seguir estos pasos con precisión para que la reclamación se procese adecuadamente.